El Día del Personal de Casas Particulares se celebra el 3 de abril de cada año, fecha en la que se conmemora la consagración normativa del régimen jurídico que logró dignificar el trabajo prestado por el sector.
La fecha se considera como día no laborable a nivel nacional para estos trabajadores y trabajadoras, sin pérdida de remuneración.
Por lo cual, en los casos en que el personal del sector preste servicios, deberá abonarse el pago del salario correspondiente a ese día, más un recargo equivalente al 100% de dicho valor.
Fuente: AFIP
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