La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció un régimen de información complementario de operaciones internacionales, a los fines de efectuar una efectiva evaluación y gestión de riesgos del cumplimiento en materia de tributación internacional.
Las sujetos alcanzados por la norma deberán presentar la información correspondiente a los ejercicios fiscales cerrados a partir del 1 de agosto de 2022.
Las operaciones alcanzadas deberán informarse a la fecha de vencimiento de presentación de la declaración jurada correspondiente al impuesto a las ganancias, ingresando al servicio con clave fiscal “Régimen de Información Complementaria de Operaciones Internacionales”.
Fuente: AFIP
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