A través de la Resolución MHFGC 4323/22 se establece un Plan de Facilidades de Pago, de carácter Transitorio, cuyo acogimiento estará disponible entre el 15/09/2022 y el 15/12/2022, ambas fechas inclusive.
Los conceptos que podrán ser incluidos serán los saldos pendientes de cancelación provenientes de:
- Las obligaciones tributarias en mora cuyo vencimiento se hubiere producido con anterioridad al día 01/08/2022.
- Todas las multas aplicadas por la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.
- Las deudas por caducidades de planes de facilidades de pago, cuya caducidad hubiera operado con anterioridad al día 01/08/2022.
El acogimiento podrá ingresarse en hasta 6 cuotas iguales, mensuales y consecutivas.
Adicionalmente, la mencionada norma, modifica el régimen de regularización permanente previsto en la Resolución MHFGC 890/2020 permitiendo adherir “Las deudas por caducidades de planes de facilidades de pago”.
Recordemos que en texto anterior se supeditaba el alcance a aquellas caducidades que hubieran operado hasta el día 31/12/2019, inclusive.
Por último, se ajustan las tasas de intereses resarcitorios y punitorios con el objeto de armonizar la normativa local con la nacional y subnacional.
La norma regirá a partir del 15/09/2022.
Para acceder al texto de la norma clic aquí.
Fuente: Servicio de Asesoramiento CPCECABA
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