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#BoletínOficial Resolución General (AFIP) 5433/2023: Controladores Fiscales de nueva tecnología

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Resolución General 5433/2023

RESOG-2023-5433-E-AFIP-AFIP - Procedimiento. “Controladores Fiscales” de nueva tecnología. Nómina de equipos homologados y empresas proveedoras autorizadas. Resolución General N° 3.561. Norma complementaria.

Ciudad de Buenos Aires, 17/10/2023


VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2023-01848592- -AFIP-DEPROP#SDGFIS, y


CONSIDERANDO:


Que la Resolución General N° 3.561, sus modificatorias y complementarias, prevé el régimen de emisión de comprobantes mediante la utilización de equipamientos electrónicos denominados “Controladores Fiscales”, estableciendo que la homologación de los equipos y la autorización de los respectivos proveedores serán dispuestas por este Organismo.


Que para ello, las empresas interesadas en la provisión de dichos equipamientos electrónicos deben cumplir con los procedimientos, obligaciones y especificaciones técnicas, dispuestos en el Capítulo C del Anexo II de la citada norma.


Que en el informe técnico elaborado por las áreas competentes de esta Administración Federal consta que la caja registradora a homologar por la presente completó satisfactoriamente la totalidad de los ensayos realizados.


Que el aludido informe es además indicativo del cumplimiento de los requisitos y condiciones necesarios, cuya aptitud surge del estudio del Informe de Evaluación Técnica del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI).


Que en consecuencia, este Organismo se encuentra en condiciones de homologar el aludido “Controlador Fiscal”.


Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Fiscalización y Sistemas y Telecomunicaciones.


Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.


Por ello,


EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS


RESUELVE:


ARTÍCULO 1°.- Homologar, de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución General N° 3.561, sus modificatorias y complementarias, el equipo denominado “Controlador Fiscal” de nueva tecnología, cuyos datos identificatorios y empresa proveedora se detallan a continuación:


MARCA MODELO VERSIÓN TIPO CÓDIGO ASIGNADO EMPRESA PROVEEDORA CUIT

SAM4s NR-330F 01.01 CAJA REGISTRADORA SESHRA SISTEMAS ELECTRÓNICOS DE REGISTRACIÓN S.A. 30-59198525-2

ARTÍCULO 2°.- El equipo homologado por la presente emitirá los comprobantes y documentos que seguidamente se detallan:


A - DOCUMENTOS FISCALES


CÓDIGO DESCRIPCIÓN

004 RECIBO/TIQUE RECIBO “A”

009 RECIBO/TIQUE RECIBO “B”

015 RECIBO/TIQUE RECIBO “C”

054 RECIBO/TIQUE RECIBO “M”

081 TIQUE FACTURA “A”

082 TIQUE FACTURA “B”

083 TIQUE

110 TIQUE NOTA DE CRÉDITO

111 TIQUE FACTURA “C”

112 TIQUE NOTA DE CRÉDITO “A”

113 TIQUE NOTA DE CRÉDITO “B”

114 TIQUE NOTA DE CRÉDITO “C”

115 TIQUE NOTA DE DÉBITO “A”

116 TIQUE NOTA DE DÉBITO “B”

117 TIQUE NOTA DE DÉBITO “C”

118 TIQUE FACTURA “M”

119 TIQUE NOTA DE CRÉDITO “M”

120 TIQUE NOTA DE DÉBITO “M”

B - DOCUMENTOS NO FISCALES HOMOLOGADOS


CÓDIGO DESCRIPCIÓN

091 REMITO “R”

901 REMITO “X”

902 RECIBO “X”

903 PRESUPUESTO “X”

907 COMPROBANTE DONACIÓN

923 MENSAJE DEL SISTEMA

935 ENTRADA DE CAJERO

936 SALIDA DE CAJERO

938 INGRESO DE DINERO

939 RETIRO DE DINERO

940 DETALLE DE VENTAS

941 TOTAL DE VENTAS

942 STOCK DE ARTÍCULOS

945 LISTADOS GENERALES

951 CAMBIO DE FECHA Y HORA

952 CAMBIO DE CATEGORIZACIÓN ANTE EL IVA

953 CAMBIO DE INSCRIPCIÓN EN INGRESOS BRUTOS

C - INFORMES


CÓDIGO DESCRIPCIÓN

080 INFORME DIARIO DE CIERRE

904 INFORME DE AUDITORÍA

ARTÍCULO 3°.- Para la utilización del equipo que se homologa se deberá cumplir con todos los requisitos y condiciones establecidos en el Anexo II de la Resolución General N° 3.561, sus modificatorias y complementarias.


ARTÍCULO 4°.- Esta resolución general entrará en vigencia el primer día hábil siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.


ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.


Carlos Daniel Castagneto


e. 19/10/2023 N° 83830/23 v. 19/10/2023


Fecha de publicación 19/10/2023

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