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CABA: vence la validación de los datos en el Registro de Domicilios de Explotación

Foto del escritor: TGCQTGCQ

Hasta el 31 de Marzo, los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Ciudad de Buenos Aires tienen tiempo para ratificar o rectificar los datos del/de su/s domicilio/s de explotación en el Registro de Domicilios de Explotación “RDE” de esa jurisdicción, creado por Resolución (AGIP Bs. As. cdad.) 24/2022.


La información requerida para la inscripción o actualización del/de los domicilios de explotación debe ser registrada, rectificada o ratificada por los contribuyentes y/o responsables, con carácter de declaración jurada, ingresando en el aplicativo "Registro de Domicilios de Explotación (RDE)”, disponible a tal efecto en la página Web de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (www.agip.gob.ar), mediante la utilización de la Clave Ciudad, Nivel 02.


Al respecto, los contribuyentes y/o responsables obligados deben ratificar o rectificar el/los domicilio/s de explotación con carácter anual, desde el 1 de enero al 31 de marzo de cada año.


Aquellos contribuyentes que inicien actividad con posterioridad al primer trimestre del año calendario, deberán registrar el/los domicilio/s de explotación en un plazo de 30 días contados a partir del efectivo inicio del ejercicio de la actividad económica.


En el supuesto que hubiere modificaciones en el/los domicilio/s de explotación durante el transcurso del ejercicio fiscal, éstas deben ser informadas por el contribuyente y/o responsable dentro del plazo de 15 días hábiles de producida la modificación.


El trámite es obligatorio para la realización de distintos trámites o procedimientos y su incumplimiento -referido a la inscripción y/o actualización del/los domicilio/s de explotación- será considerado una infracción a los deberes formales.



¿Qué es el domicilio de explotación y para quién es exigible?


El domicilio de explotación es el inmueble en el cual el contribuyente del impuesto sobre los ingresos brutos ejerce o desarrolla, total o parcialmente, su actividad económica.


El domicilio de explotación resulta exigible para:


Los contribuyentes y/o responsables del impuesto sobre los ingresos brutos bajo categoría locales.

Los contribuyentes y/o responsables del impuesto sobre los ingresos brutos que tributen bajo las normas del Convenio Multilateral, en la medida que posean establecimiento, local, sucursal u oficina situado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Los contribuyentes inscriptos en el régimen simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos.

Contribuyentes exentos del impuesto sobre los ingresos brutos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

¿Qué datos se deben informar?

Al momento de la inscripción o actualización en el Registro de Domicilios de Explotación, el contribuyente debe informar:


El número de partida del/de los inmueble/s.

La Clave Única de Identificación Tributaria del/de los titular/es de dominio del/ de los inmueble/s.

La Clave Única de Identificación Tributaria del contribuyente que desarrolla actividades económicas.

El carácter de ocupación del/de los inmueble/s por parte del contribuyente (dominio, locación, comodato, usufructo, concesión, uso o tenencia precaria, etc.) y el plazo de vigencia estipulado en el contrato.

Las actividades desarrolladas en el/los inmueble/s según el Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación, con sus respectivos Códigos de Actividad.

La superficie afectada a las actividades económicas.

El Número de Habilitación otorgado por la Agencia Gubernamental de Control, o el organismo que en el futuro la reemplace, en caso de corresponder.

Fecha de inicio de las actividades económicas en el inmueble.

Fecha de cese de las actividades económicas en el inmueble, en caso de corresponder.

Cualquier otra información de relevancia para la identificación de la explotación económica del inmueble.


Fuente: Errepar



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