Mediante la Acordada 4/2023, la Corte Suprema de Justicia de la Nación implementa, a partir del 1 de marzo, la obligatoriedad del Expediente Electrónico Administrativo para tramitar las actuaciones administrativas del tribunal.
Fundamentos
Esta medida se enmarca en la política ambiental nacional derivada de los principios universales de desarrollo sustentable establecidos en la “Declaración de Río de Janeiro de 1992 sobre Medio Ambiente y Desarrollo”. Según la Acordada, resulta prioritario tomar medidas que propendan a racionalizar el uso del papel y que redunden a su vez en un mejor aprovechamiento del espacio.
Antecedentes
En agosto de 2022 por medio de la Acordada 20/2022, ya se había reglamentado el uso del Expediente Electrónico Administrativo. Al no registrarse observaciones o inconvenientes respecto a la validez de este sistema, la nueva Acordada termina por establecer su obligatoriedad en reemplazo del papel.
Según la Acordada 4/2023 “resultó ampliamente conveniente el uso del Expediente Electrónico Administrativo en el ámbito de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, optimizando los procesos en lo referente a la disponibilidad, almacenamiento, actualización circulación y transparencia contribuyendo a la mejora de los circuitos administrativos y racionalizando en un alto porcentaje el uso del papel (...)”.
Validez y eliminación del soporte papel
La Acordada aclara que la conformidad prestada en el Sistema por el agente o funcionario de la Corte Suprema tendrá el mismo alcance que las actuaciones suscriptas de forma ológrafa, sin que sea necesario el soporte papel quedando lo resuelto almacenado en formato electrónico.
Fuente: Errepar
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