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Cuáles son los tres cambios incluidos en el proyecto de Bienes Personales

El proyecto de ley que fue aprobado por el Senado a fines de octubre y que mañana será considerado en Diputados por presión de la oposición -el Frente de Todos quiso evitar que se le diera curso- incluye tres modificaciones a la ley actual: la actualización del valor del patrimonio gravado a partir del cual se debe tributar; el reajuste del monto hasta el cual se encuentra exenta la vivienda, y un mecanismo de ajuste automático anual de esas dos variables. A continuación, qué implica cada uno de los cambios.


1. Actualización de la base imponible.

La iniciativa prevé que el llamado mínimo no imponible sea de $6 millones. La cifra se refiere al valor que, según las normas específicas que rigen para Bienes Personales, sumen los activos gravados. Desde el ejercicio fiscal 2019 esa base está en $2 millones.



Si el proyecto se aprueba antes de que termine el año, la nueva pauta regirá para el impuesto correspondiente a 2021 (hay opiniones de abogados y tributaristas en el sentido de que también el cambio sería válido si se votara después, ya que se trata de una modificación a favor de los contribuyentes y no sería cuestionada). Los vencimientos para la presentación de la declaración jurada y el pago del saldo resultante llegarán durante 2022. Pero un dato fundamental a tener en cuenta es que el patrimonio que se observa es el que tiene cada persona al 31 del actual mes de diciembre.


Más allá de que las variables del impuesto tienen una fuerte desactualización histórica, en el bienio 2020-2021 se habrá acumulado una inflación superior al 100% y una suba del dólar (según el valor de referencia que se considera para la declaración impositiva) de alrededor de 74%. Por eso, no actualizar el mínimo no imponible no significa dejar igual al tributo, en términos prácticos, sino que implica provocar un aumento de la presión impositiva: más personas quedarían alcanzadas por esta carga fiscal solamente por efecto de la inflación, cuando, en realidad, no tuvieron un incremento real de sus patrimonios.


El valor de los bienes sí va teniendo reajustes. Por ejemplo, para determinar por cuánto declarar los inmuebles, una de las referencias es el valor fiscal de diciembre de 2017 actualizado por el Índice de Precios al Consumidor de 2018, 2019, 2020 y 2021. Y en el caso de la tenencia de dólares (no depositados en cajas de ahorro o plazo fijo, lo cual los deja exentos), para su conversión a pesos cada unidad de la divisa deberá multiplicarse, en la declaración del impuesto 2021, por 101 (si se mantiene la valuación actual), mientras que en 2020 ese multiplicador fue 83,95 y en 2019, 58.



Así, alguien que tenga guardados US$20.000, quedaría desde este año alcanzado por Bienes Personales solo por esa tenencia (de no haber cambios en la ley) sin que necesariamente haya existido una mejora en su situación. De hecho, $1.679.000 de 2020 (lo declarado por US$20.000 dólares por el impuesto de ese año) valen menos, en términos de poder adquisitivo, que $2.020.000 de 2021 (cifra que correspondería consignar en la declaración correspondiente a este año). Otro caso es el valor de los vehículos, que también se fue incrementando (y pagan Bienes Personales hasta el quinto año desde el ingreso al patrimonio).


2. Reajuste del valor exento de la vivienda.

Desde 2019 y por una reforma legal aprobada el año previo, la vivienda no está alcanzada por Bienes Personales hasta un valor de $18 millones. Sí se paga el tributo, eventualmente, por lo que excede de ese monto. Esa cifra no tuvo hasta ahora actualizaciones y el proyecto votado por los senadores busca llevarla a $30 millones.


3. Mecanismo de actualización automática.

La iniciativa se propone establecer que tanto el mínimo no imponible del impuesto como el valor hasta desde el cual está exenta la vivienda se reajusten cada mes de diciembre “utilizando lo establecido en el artículo 27 de la presente norma legal”. ¿A qué se refiere? El citado artículo de la ley de Bienes Personales, impuesto creado en 1991, estableció que la Dirección General Impositiva debía elaborar anualmente los coeficientes de actualización “sobre la base de los datos relativos a la variación de índices de precios al por mayor, nivel general, que deberá suministrar el Instituto Nacional de Estadística y Censos”.


Esa cláusula no se cumplió. El impuesto nació con una base imponible de 1000 millones de australes, que luego fue llevada a $102.300. Pese al regreso de la inflación en 2002, esa cifra se mantuvo igual hasta 2006. En 2007 se la elevó a $305.000 y nuevamente quedó congelada hasta 2015, es decir, durante los dos mandatos presidenciales de Cristina Kirchner, un período de ocho años en el cual la inflación minorista acumuló más de 500%, según estimaciones alternativas a la medición del entonces intervenido y no creíble Indec.


En 2016, la base para comenzar a pagar subió a $800.000; en 2017, a $950.000; en 2018, a $1.050.000 y en 2019, a $2.000.000. En ese período el reajuste fue de 555% (considerando 2015 como punto de partida), lo cual compensó la inflación, de casi 400%, pero no alcanzó para recuperar el terreno perdido previamente.


Una votación en época preelectoral

La iniciativa para actualizar la base del impuesto fue llevada al Congreso a fines de septiembre de este año, luego de que el Gobierno perdiera en las PASO, por el entonces senador Carlos Caserio (Córdoba - Frente de todos), quien intentaba renovar su banca, objetivo para el cual no alcanzaron los votos que finalmente obtuvo en las elecciones del 14 de noviembre. El texto original preveía un mínimo no imponible de $8 millones y un valor tope para la exención de la vivienda de $50 millones; pero esas cifras fueron moderadas.


El texto fue votado por unanimidad en el Senado y girado a la cámara baja en los primeros días de noviembre. Allí, el oficialismo decidió que no se le daría curso, tal como advirtió dos semanas atrás LA NACION. Finalmente, el tema fue introducido por legisladores de la oposición en el debate por el presupuesto nacional para 2022 y, allí, se votó una moción para que el proyecto sea tratado antes de fin de año. La propuesta fue aprobada por voto de la mayoría y con la disidencia del kirchnerismo.


En defensa de su proyecto, Caserio había advertido que en caso de no actualizarse la base imponible y el valor exento para la vivienda “comenzaríamos a gravar a personas que no corresponde, hacerlo algo que consideramos injusto, ya que los impuestos no solo tienen que ser justos sino razonables”. Y agregó: “Seguramente ese contribuyente ni se dé por enterado de su obligación fiscal respecto de Bienes Personales y menos de las consecuencias del no pago y la no presentación de las respectivas declaraciones juradas”.


Fuente: LaNacion.com


https://www.lanacion.com.ar/economia/cuales-son-los-tres-cambios-incluidos-en-el-proyecto-de-bienes-personales-y-como-impactaran-en-la-nid20122021/

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