“Dólar Agro”: Nuevo tipo de cambio para las economías regionales
El Poder Ejecutivo dispone, a través del D. 378/2023, acceder a un valor de $ 340 por cada dólar estadounidense para las divisas que se liquiden hasta el 31 de agosto de 2023.
Este nuevo tipo de cambio comprende a las mercaderías incluidas en las economías regionales -Capitulo II, D. 194/2023-.
El Ministerio de Economía, a través de las Secretarías respectivas, la AFIP, el Banco Central de la República Argentina y la Comisión Nacional de Valores dictarán, en el marco de sus respectivas competencias, las normas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias para la efectiva aplicación de lo previsto en esta medida, con el fin de asegurar que las mercaderías incluidas en el beneficio dispuesto por el presente Programa se correspondan a operaciones de este decreto.
Además, se autoriza al Ministerio de Economía, antes del cierre del presente año calendario, a emitir una Letra denominada en dólares estadounidenses (USD), a 10 años, que devengará una tasa de interés igual a la que devenguen las reservas internacionales del BCRA por el mismo período y cuyos intereses se cancelarán semestralmente, por la diferencia patrimonial que le haya generado al BCRA la realización de las operaciones del presente decreto.
Nuevo dólar agro para economías regionales
Programa de incremento exportador
Recordamos que el D. 576/2022 estableció, hasta el 30 de septiembre de 2022, un programa de adhesión voluntaria que permitió acceder a un valor de $200 por cada dólar estadounidense que se liquidara para los exportadores de soja y sus derivados.
Además, se creó el "Fondo Incremento Exportador" con la finalidad de financiar programas que estimularan el desarrollo de pequeños y medianos productores y de economías regionales y una prestación monetaria extraordinaria no contributiva y de alcance nacional, para personas en situación de extrema vulnerabilidad.
Posteriormente, por medio del D. 787/2022, el Poder Ejecutivo restableció, desde el 28 de noviembre hasta el 30 de diciembre del 2022, el Programa de Incremento Exportador.
Esa etapa permitió acceder a un valor de $230 por cada dólar estadounidense que se liquide para los exportadores de soja y sus derivados.
Por último, a través del D. 194/2023, se restableció de manera extraordinaria y transitoria el Programa de Incremento Exportador para aquellos sujetos que hayan exportado en algún momento de los 18 meses inmediatos anteriores al 10 de abril de 2023, las mercaderías derivadas de la soja.
Y, a través del mencionado decreto el Poder Ejecutivo amplió, de manera extraordinaria y transitoria, el programa de incremento exportador al desarrollo de determinadas actividades económicas regionales.
Fuente: Errepar
https://www.errepar.com/dolar-agro-nuevo-tipo-de-cambio-para-economias-regionales