El decreto 267/2023 establece que a partir de este mes solo pagarán impuesto a las Ganancias las remuneraciones brutas que superen los 506.230 mil pesos.
Por debajo de este umbral no corresponderá retención alguna del tributo. Asimismo, en los meses en que la remuneración bruta del mes supere los $ 506.230 brutos y resulte inferior o igual a $ 583.851 brutos, los agentes de retención computarán una deducción especial incrementada.
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