El dictamen que mejora la legislación vigente sobre la prevención y represión del lavado de activos, la financiación y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, fue firmado el miércoles por las comisiones de Justicia y Asuntos Penales; y de Presupuesto y Hacienda del Senado.
El oficialismo busca poder sancionar la normativa en los próximos días, por lo que se da por hecho que el Ejecutivo prorrogará las sesiones extraordinarias, que actualmente están vigentes hasta el 15 de este mes.
Mariano Cúneo Libarona, ministro de Justicia, se involucró personalmente para dar impulso a la iniciativa y habló con senadores que tenían dudas sobre el proyecto.
La iniciativa, aprobada por Diputados en abril de 2023, formó parte del último entendimiento que firmó la Argentina con el Fondo Monetario Internacional (FMI) e incluye las sugerencias del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), que a fin del corriente mes estará en el país para una nueva evaluación.
Por este motivo existe una urgencia para sancionar la ley e impedir que el país forme parte de la lista gris del organismo.
Lavado de activos: cuáles son los principales puntos del proyecto de reforma
1) Reformulación del Código Penal
En el año 2000 se sancionó la Ley 25.246 que derogó el artículo 25 de la Ley 23.737, que introdujo modificaciones al Código Penal, denominando al Capítulo XIII, del Título XI del código “Encubrimiento y Lavado de Activos de origen delictivo”. A la par, creó la Unidad de Información Financiera (UIF) y reguló cuestiones tales como el deber de informar; los sujetos obligados; dispuso la estructura sancionatoria del Régimen Penal Administrativo y estipuló el actuar del Ministerio Público Fiscal, en torno a estos actos.
Desde aquel entonces, la citada ley, recibió otras reformas a través de las Leyes 26.683, 27.304, 27.440 y 27.508.
Ahora bien, el proyecto en ciernes, propicia una nueva serie de reformulaciones, fundamentalmente persiguiendo el objetivo de ser compatible con las normas internacionales de acuerdo a aquel organismo.
2) Los principales cambios
En esa línea, se pueden reseñar los puntos más relevantes de la iniciativa, cuya finalidad esencial es la prevención y represión del lavado de activos, financiación del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, como se apuntara.
En primer término se propugna que la Unidad de Información Financiera (UIF) pase a ser un organismo descentralizado, de carácter autónomo y autárquico en lo funcional, administrativo, económico y financiero, dependiente de Economía.
Asimismo se impulsa el aumento del umbral objetivo de punibilidad para la pena prevista en el artículo 303 del Código Penal – dentro del Título XIII Delitos Contra el Orden Económico y Financiero – pasando de $ 300.000 a $ 8.600.000 (monto que puede ser incrementado) y , a la par, estipulando un mecanismo de actualización automático en función al salario mínimo, vital y móvil.
Por otra parte la media sanción del proyecto incorpora nuevos tipos penales, respondiendo a la recomendación del GAFI: el financiamiento de proliferación de armas de destrucción masiva, junto al concepto de operación inusual y sospechosa.
En cuanto a la actuación profesional, los cambios tocan a los abogados y a los contadores. Con respecto a los primeros, se los incorpora como sujetos obligados a reportar situaciones sospechosas, pero no resultarán obligados cuando se desempeñen en actividades de asesoramiento, consultoría legal, de patrocinio, representación o defensa en litigios judiciales, administrativos, arbitraje o mediación.
Para los contadores, se elimina como actividad comprendida la confección de informes de revisión limitada en estados contables, con respecto al original.
3) Comisión Bicameral
El proyecto contiene la creación de una Comisión Bicameral Permanente de Fiscalización de Sistema, Prevención, Investigación y Persecución Penal de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo y Armas de Destrucción Masiva.
Esta novedad lleva implícito un contralor de tipo político en torno a la actuación frente a este tipo de delitos.
4) Nuevos registros
El proyecto de ley con media sanción contiene la creación de un Registro de Proveedores de Servicios Virtuales, a cargo de la Comisión Nacional de Valores (CNV) con el fin de detectar eventuales operaciones sospechosas a través de criptoactivos.
Concomitantemente se prevé el Registro de Beneficiarios Finales, a cargo de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el que contendrá información de los beneficiarios finales de personas y estructuras jurídicas.
Fuente: Parlamentario
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