La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) suspendió hasta el próximo 31 de diciembre el inicio de los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares.
La extensión de los beneficios alcanza exclusivamente a las micro y pequeñas empresas, así como a aquellos contribuyentes que desarrollan actividades afectadas en forma crítica.
La medida, prevista en la Resolución General 5101/21 que puso en marcha los beneficios y herramientas de la ley de alivio fiscal, suspende para el universo de empresas beneficiadas la traba de embargos sobre fondos y/o valores de cualquier naturaleza, depositados en entidades financieras o sobre cuentas a cobrar.
La AFIP mantiene habilitada la posibilidad de realizar ejecuciones fiscales y solicitar medidas cautelares sobre las personas alcanzadas por el Aporte solidario y Extraordinario dispuestos por la Ley 27.605.
La AFIP también dispuso que hasta el 31 de enero de 2022 no considerará la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) de los contribuyentes al momento de tramitar planes para regularizar obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales.
La Resolución General 5109, publicada en el Boletín Oficial, habilita a los contribuyentes que lo soliciten la posibilidad de regularizar sus obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta del 25%, sin verse condicionadas por su perfil de riesgo.
El beneficio alcanza a los contribuyentes incluidos en las categorías A, B, C o D y excluye a quienes estén categorizados como "riesgo muy alto", categoría E.
El "Sistema de Perfil de Riesgo" es un sistema informático de calificación que realiza procesos de evaluación mensual sobre el cumplimiento de las obligaciones formales y materiales de los ciudadanos.
La herramienta se suma a una serie de beneficios para contribuyentes que fueron publicadas este lunes en el Boletín Oficial.
Exclusiones monotributo: Hasta el 3 de enero de 2022 se mantendrán suspendidas las exclusiones de oficio de monotributistas. La Resolución General 5108 también establece que ningún monotributista será dado de baja del régimen por falta de pago en diciembre de 2021.
Planes de Facilidades: Los beneficios en las condiciones de los planes permanentes de pagos para quienes desarrollan actividades críticas continuarán vigentes hasta el 31 de enero de 2022. La Resolución General 5106, que busca asistir a las empresas afectadas por la pandemia, mantiene suspendido el requisito que establece que las cuotas mensuales de los planes no pueden superar el 25% del promedio de ingresos mensuales de cada contribuyente.
Presentaciones Digitales: La obligatoriedad del uso de la plataforma que permite a los contribuyentes realizar gestiones online sin necesidad de concurrir a una dependencia se extiende hasta el 31 de diciembre de 2021. Los beneficios de la Resolución General 5105 alcanzan a los más de 90 trámites disponibles para realizar a través del servicio de presentaciones digitales. El servicio ofrece la posibilidad de iniciar un nuevo trámite, completar la información de uno anterior, visualizar en qué estado se encuentra, cancelarlo o guardar una copia de respaldo, entre otras opciones.
Fuente: iProfesional.com
https://www.iprofesional.com/impuestos/352951-la-afip-mantiene-suspension-de-ejecuciones-fiscales
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