Se publicó este viernes en el Boletín Oficial la Resolución UIF N° 126/2023, que actualiza los lineamientos para la gestión de los riesgos de LA/FT y de cumplimiento mínimo que los sujetos obligados correspondientes al sector asegurador deben adoptar y aplicar para gestionar, de acuerdo con sus políticas, procedimientos y controles, el riesgo de ser utilizados por terceros con objetivos criminales de LA/FT.
La nueva normativa reemplaza a la Resolución UIF N° 28/2018, dado que desde su entrada en vigencia se advirtieron cuestiones que deben actualizarse y reestructurarse en función de la información recabada tanto en supervisiones realizadas a estos sujetos obligados como la que surge de los resultados de las Evaluaciones Nacionales de Riesgos de LA y FT/FP, la operatividad del sector y la práctica observada.
Para elaborar esta Resolución se conformaron mesas de trabajo y se integraron aportes de la Superintendencia de Seguros de la Nación (S.S.N.) en función de su experiencia y los cambios advertidos en relación al sector. Además, se consultó a los representantes de los sujetos obligados, cuyas opiniones fueron evaluadas y consideradas para la formulación de esta norma.
Entre los principales cambios que introduce la Resolución UIF N° 126/2023 limita los sujetos obligados en relación a los intermediarios de seguros, de manera tal que sólo revestirán aquél carácter aquellos que comercializan seguros de vida con ahorro y seguros de retiro. Además, para estas actividades, se distinguen las obligaciones de cumplimiento y los procedimientos de Debida Diligencia respecto de los clientes que los contratan, ya que representan un mayor riesgo inherente de LA/FT/FP, de acuerdo con la reciente ENR/ LA y el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
Por otro lado, se readecuó el mecanismo de actualización automático, tomando como parámetro el Salario, Mínimo Vital y Móvil y algunas obligaciones relativas a cada sujeto obligado relacionado con el sector asegurador, considerando el Enfoque Basado en Riesgo.
Finalmente, se identificaron supuestos considerados de riesgo alto y se incorporaron señales de alerta orientativas sujetas a análisis de los sujetos obligados a fin de determinar si correspondería efectuar un Reporte de Operación Sospechosa.
La Resolución UIF 126/2023 comenzará a regir a partir del 1° de septiembre de 2023, fecha en la cual quedará derogada la Resolución UIF N° 28/18.
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