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La UIF optimiza las supervisiones con enfoque basado en riesgo

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    TGCQ
  • 14 abr 2023
  • 1 Min. de lectura

Por medio de la Resolución UIF N° 61 /2023, publicada hoy en el Boletín Oficial se deroga la Res. UIF 154/ 2018 a fin de ajustar estas tareas a las actualizaciones del Enfoque Basado en Riesgos (EBR) que determina la Recomendación 1 del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), principio clave para la asignación eficaz de recursos en el sistema PLA/FT, así como considerar los resultados de las Evaluaciones Nacionales de Riesgo de LA y FT/FP. Cabe recordar que en 2021 el GAFI emitió la “Guía sobre Supervisión Basada en Riesgo”, cuyo objetivo es aclarar y explicar cómo los supervisores deben aplicar dicho enfoque a sus actividades.


La reforma incorpora un procedimiento de monitoreo constante y remoto de las actividades de los sujetos obligados con la finalidad de detectar nuevos riesgos o comportamientos atípicos, de verificar el cumplimiento de las medidas de debida diligencia del cliente (DDC) y la realización de reportes sistemáticos ( RS), entre otras obligaciones. De este modo, se podrá responder a cambios significativos en los riesgos, advertir comportamientos irregulares y observar a las entidades que de manera sistemática omiten dichas medidas o la realización de los RS correspondientes, entre otros aspectos.


Por otro lado, se suprimen los planes de regularización previstos en la reglamentación actual, estableciendo en su lugar acciones correctivas de cumplimiento, idóneas y proporcionales, a ser aplicadas con un enfoque basado en riesgo en el marco de los procedimientos de supervisión, de manera tal de corregir situaciones de incumplimientos mayores o subsanar inobservancias menores a las normas en materia ALA/CFT.


La Resolución Nº 61 / 2023 entra en vigencia este viernes.







Fuente: UIF



 
 
 

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