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Ley Bases: el Poder Ejecutivo reglamentó modificaciones en materia de hidrocarburos, gas natural y política ambiental

  • Foto del escritor: TGCQ
    TGCQ
  • 2 dic 2024
  • 2 Min. de lectura

Mediante decreto 1057/2024, el Poder Ejecutivo reglamentó la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos (L. 27.742), en su Título VI: Energía, respecto de las modificaciones a las Leyes de Hidrocarburos (L. 17319), Gas Natural (L. 24076) y legislación ambiental uniforme en materia hidrocarburífera (L. 27.007).

Tales modificaciones tienen como propósito brindar mayor seguridad jurídica a las inversiones hidrocarburífera, la creación de puestos de trabajo de calidad y la

multiplicación de las exportaciones. La reglamentación contempla los mecanismos necesarios para su implementación.


¿Qué artículos de la Ley Bases (L. 27742) fueron reglamentados?


-Artículos 101 a 152 (capítulo I) del TÍTULO VI - Energía. Modificaciones a la ley 17319 (Ley de Hidrocarburos)


Se reglamentan cambios referidos a la comercialización nacional e internacional de hidrocarburos y sus derivados, con reducción de intervención estatal y se determinan pautas y objetivos de la política energética, como ser;

a) el libre mercado;

b) el incentivo de la competencia a través de la máxima participación de actores en la cadena de producción y en los distintos sectores que componen la oferta;

c) el alineamiento de los precios internos a los resultantes de los productos y/o servicios finales de las actividades objeto de transacciones internacionales, considerando las condiciones para la seguridad de suministro, teniendo como referencia las respectivas paridades de importación y de exportación, con el objetivo de reducir y/o eliminar los factores que causan distorsiones para alcanzar dicho alineamiento;

d) la asignación eficiente de los recursos;

e) el incentivo a la celebración de contratos de largo plazo, la competitividad, la productividad y la integración al comercio mundial; y

f) la seguridad del suministro presente y futuro de hidrocarburos de la Argentina.

Se fijaron cuestiones sobre permisos, concesiones y habilitaciones que deberán constituir un domicilio en el país y acreditar el cumplimiento de los requisitos de solvencia económico-financiera, los estándares de patrimonio neto mínimos y la capacidad técnica adecuada.


-Artículos 153 a 158 (capítulo II), Gas Natural (L. 24076)


Se introduce reglamentación sobre exportación e importación de Gas Natural Licuado (GNL), y el almacenamiento subterráneo de gas natural en yacimientos. También aspectos sobre Transporte y/o Distribución.


Se indica que las exportaciones no objetadas no podrán ser interrumpidas durante el período que corresponda, asegurando estabilidad y previsibilidad para los acuerdos comerciales internacionales, especialmente en lo referido al GNL.


-Artículo 163 de la Ley de Bases (capítulo VI) - Legislación ambiental uniforme en materia hidrocarburífera (L. 27.007).


Se identificará la normativa y aspectos medioambientales. A fin de elaborar un proyecto de legislación uniforme y armónica en materia medioambiental, la SECRETARÍA DE ENERGÍA identificará la normativa aplicable y los aspectos medioambientales a tener en cuenta para asegurar el desarrollo de la actividad hidrocarburífera en el marco de un adecuado cuidado del ambiente y establecerá un procedimiento para coordinar el trabajo conjunto y los sistemas informativos con las provincias y con la CABA.


Fuente: Errepar

 
 
 

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