top of page

#MedidaCautelar AFIP estableció plazo especial para Ganancias y Bienes Personales 2021

  • Foto del escritor: TGCQ
    TGCQ
  • 7 jul 2022
  • 2 Min. de lectura

Actualizado: 8 jul 2022

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso un plazo especial de

vencimiento de los impuestos a las Ganancias, sobre los Bienes Personales y Cedular.

La decisión alcanza a aquellos contribuyentes alcanzados por la medida cautelar

dictada por la justicia federal. La presentación de la declaración jurada y el pago de las

obligaciones para las personas humanas y sucesiones indivisas por el período fiscal

2021 está prevista entre los días 13, 14 y 15 de julio, según terminación de número de

CUIT. La medida adoptada obedece a la necesidad de otorgar certidumbre a las y los

contribuyentes sin que ello implique una variación en la posición de la AFIP en

relación con un avance indebido del Poder Judicial sobre potestades esenciales del

Estado nacional, entre las que sobresale determinar tiempo y modo de pago de las

obligaciones tributarias.

La Resolución General 5229/2022, que se publicará este viernes en el Boletín Oficial,

precisa que este plazo excepcional alcanza únicamente a los contribuyentes o

responsables que se encuentren amparados por la medida cautelar dispuesta por la

justicia federal, que suspendió los plazos previstos por la Resolución General

5192/2022, siempre y cuando no hubiesen cumplido con esas obligaciones en las

fechas antes establecidas.

Las fechas para las presentaciones y pagos correspondientes de los impuestos a las

Ganancias, Bienes Personales y Cedular del período fiscal 2021 definidas de manera

excepcional para estos contribuyentes son las siguientes:


Terminación CUIT Fecha de presentación Fecha de pago

0, 1, 2, 3 y 4 13/07/2022, inclusive 14/07/2022, inclusive

5, 6, 7, 8 y 9 14/07/2022, inclusive 15/07/2022, inclusive


Las personas alcanzadas son los profesionales matriculados en diversos Consejos

Profesionales de Ciencias Económicas de jurisdicciones de todo el país que

intervengan como representantes de clientes que les hayan delegado formalmente el

acceso a los servicios de la AFIP, así como también que realicen su labor profesional

en la modalidad de asesoramiento tributario.

La AFIP informa que, más allá de la decisión judicial, un elevado porcentaje de

contribuyentes cumplió con sus obligaciones y presentó sus declaraciones juradas en

los vencimientos que operaron entre el 23 y el 27 de junio.


Fuente: AFIP



 
 
 

コメント


bottom of page