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Moratoria 2023: unificación de requisitos patrimoniales y socioeconómicos

La ANSES junto con la Administración Federal de Ingresos Públicos, mediante la Resolución Conjunta 5372 unifican los requisitos patrimoniales y socioeconómicos establecidos en las leyes 24.476 y 27.705 (regímenes de pago de deuda previsional), a los fines de acceder a las prestaciones previsionales.


La mencionada Resolución Conjunta establece que la evaluación patrimonial y socioeconómica determinada por el artículo 2° de la R.C. (ANSES-AFIP) 5.345 se aplicará a las prestaciones previsionales que sean en el marco de la Ley 24.476 (Trabajadores autónomos. Régimen de regularización de deudas).



Moratoria 2023

Se recuerda que el Poder Legislativo, mediante la Ley 27705 creó el “Plan de Pago de Deuda Previsional”. El mismo tiene como objeto la posibilidad de completar los aportes previsionales por parte de personas humanas que hayan cumplido con la edad para acceder a la jubilación ; y por otra parte se estableció la posibilidad de adicionar aportes previsionales por parte de aquellas personas humanas que prevean que al llegar a la edad jubilatoria no contarán con los años de aportes requeridos .


a) Personas con edad jubilatoria cumplida:


Unidad de pago de deuda previsional con el objeto de que la deuda por períodos anteriores a diciembre de 2008 pueda ser cancelada en hasta 120 cuotas mensuales a descontarse del haber jubilatorio. Para acceder a la misma se debe haber cumplido la edad jubilatoria, y haber residido en el país y no haberse encontrado prestando servicios bajo relación de dependencia o en carácter de autónomo y/o monotributista, durante el periodo por que se pretende adquirir la unidad de pago de deuda previsional.


b) Unidad de cancelación de aportes previsionales para trabajadores en actividad


Para acceder será requisito ser mayor de 50 años la mujer y 55 años el hombre y menor de 60 años la mujer y 65 años el hombre, acreditar los ingresos que permitan la justificación del pago de la Unidad de aportes previsionales, haber residido en el país y no haberse encontrado prestando servicios bajo relación de dependencia registrada o en carácter de autónomo/a y/o monotributista, se posibilita mediante el pago de una suma de dinero adquirir aportes por períodos anteriores a marzo de 2012.


Fuente: Errepar



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