top of page
Foto del escritorTGCQ

NEWLETTER - 2/11/2022.-

Planificaciones fiscalesResolución General (AFIP) 5278 – BO: 1/11/2022: Se suspende por 60 días el régimen de planificaciones fiscales

Se suspende nuevamente por 60 días corridos, contados a partir del 3/10/2022, el régimen de Planificaciones Fiscales dispuesto oportunamente por la RG (AFIP) 4838.


 

Planes de facilidades de pagoResolución General (AFIP) 5279 – BO: 1/11/2022: Se prorroga al 30/11/2022 la vigencia transitoria del régimen de facilidades de pago permanente y el Miniplan de ganancias y bienes personales

Se extiende hasta el 30/11/2022 la posibilidad de regularizar deudas de Ganancias y Bienes personales, accediendo a los beneficios de financiación del adelanto del 25% y el saldo en 3 cuotas, sin tener en cuenta la categoría en SIPER que tenga el contribuyente.Asimismo se extiende hasta la misma fecha la vigencia transitoria de la cantidad máxima de planes de facilidades de pago admisibles, cantidad de cuotas y tasa de interés de financiamiento aplicable del régimen de facilidades de pago permanente que establece la RG (AFIP) 4268.Por su parte se establece que las cuotas de planes de facilidades de pago que se encuentren vigentes y se hayan presentado a través de “Mis Facilidades” y los importes totales sean iguales o superiores a $100.000.000, deberán cancelarse a través de transferencia electrónica de fondos, confeccionando el Volante Electrónico de Pago (VEP) correspondiente, seleccionando la opción “Generación de cuota por VEP” la que se encontrará disponible a partir del día 10 y hasta el día 16 del mes de vencimiento de la cuota respectiva. Dicho VEP tendrá validez hasta la hora 24 del día de vencimiento de la cuota.


 

Procedimiento FiscalDisposición (AFIP) 212/2022: BO: 2/11/2022: Delegación de las facultades para desistir del rol de querellante de la AFIP

Se delega en diferentes órganos de la AFIP la facultad de desistir del rol de querellante y en su caso, de la acción civil ejercida en el marco de un proceso penal en las cuales el devenir de los procesos las excluya del interés del Organismo, como también que las razones de oportunidad, mérito y conveniencia ponderadas así lo aconsejen.


 

SociedadesResolución General (IGJ) 13/2022: BO: 27/10/2022: SAS: Plazo para que se acredite su existencia

Se dispone un plazo de 180 días para que las SAS con domicilio en la CABA acrediten su existencia y veracidad del domicilio, la solicitud de apertura de todos los libros digitales contables y societarios obligatorios y la presentación de estados contables correspondientes a ejercicios económicos finalizados durante los años 2020, 202 y de corresponder 2022.


 

Información Adicional

 

Boletín Oficial

Te compartimos el acceso al Boletín Oficial Nacional

 

Información especializada

Tipo de cambio y servicios digitales

Evasión Tributaria: caso Susana Giménez

Facilidades de pago

 

Parlamentario

Presupuesto 2023

 

AFIP

Facilidades de Pago

Planificaciones Fiscales

 

FACPCE

Espacios de diálogo con AFIP

 

Medios

Ganancias: nuevo piso y aguinaldo

Ganancias: mínimo no imponible

Planificaciones Fiscales

Conducta Fiscal del Contribuyente

Facturas de Crédito Electrónicas MiPyME

Criptomonedas

Causa Susana Giménez

 

31 visualizaciones0 comentarios

Comments


bottom of page