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Foto del escritorFederico Schweizer

NEWSLETTER - 11/09/2020


Decreto (PEN) 735/2020: BO: 10/9/2020: Se crea el Fondo para el Fortalecimiento Fiscal de la Provincia de Buenos Aires

El Poder Ejecutivo Nacional decidió crear el Fondo para el Fortalecimiento Fiscal de la Provincia de Buenos Aires el cual se constituirá con los recursos que se incorporen al Tesoro Nacional a partir de la reducción de la participación que le corresponde a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en relación a la ley de Coparticipación Federal.

En el mismo texto normativo, se establece que a partir del 10/9/2020 y hasta la aprobación por parte del Honorable Congreso de la Nación de la transferencia de las facultades y funciones de seguridad en todas las materias no federales ejercidas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se disminuye al 2,32% la participación que le corresponde a la CABA, en el marco de la Ley de Coparticipación Federal.


Resolución General (AFIP) 4811: BO: 8/9/2020: Seguridad Social. Contribuciones patronales con destino al SIPA. Se extiende el beneficio de postergación y el vencimiento para la presentación y pago de la DDJJ agosto 2020

Se extiende el beneficio de postergación o reducción del pago de las contribuciones patronales con destino al SIPA devengadas en el período Agosto 2020. En el caso de la postergación, deberán ingresar los importes correspondientes hasta las siguientes fechas:


- CUITs terminados en 0, 1, 2 y 3: 16/11/2020

- CUITs terminados en 4, 5 y 6: 17/11/2020

- CUITs terminados en 7, 8 y 9: 18/11/2020


También se prorroga el vencimiento para la presentación y pago de la declaración jurada determinativa de aportes y contribuciones con destino a la Seguridad Social del período devengado agosto de 2020, según la terminación de la CUIT del contribuyente, hasta las fechas que se indican a continuación:


- CUITs terminados en 0, 1, 2 y 3: 14/9/2020

- CUITs terminados en 4, 5 y 6: 15/9/2020

- CUITs terminados en 7, 8 y 9: 16/9/2020



Resolución General (AFIP) 4813: BO: 11/9/2020: ATP. Crédito a Tasa Subsidiada para empresas por período devengado Agosto 2020

La AFIP habilitó el sistema para que las empresas tramiten los Créditos a Tasa Subsidiada correspondiente a los salarios de agosto 2020.


En tal sentido estableció que el acceso al servicio web “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP”, estará disponible según el siguiente detalle:


- Empresas en cuya nómina no cuenten con trabajadores con pluriempleo: Desde el 11/9/2020 hasta el 18/9/2020, ambas fechas inclusive.

- Empresas que registren en su nómina trabajadores con pluriempleo: Desde el 15/9/2020 hasta el 18/9/2020, ambas fechas inclusive.


Resolución (TFN) 44/2020: BO: 11/9/2020: Se crean las Mesas de Entrada Virtual del Tribunal Fiscal de la Nación para aquellas presentaciones dirigidas a expedientes que tramiten aún en soporte papel

En el ámbito del Tribunal Fiscal de la Nación se crean las mesas de Entrada Virtual para las presentaciones dirigidas a expedientes que todavía tramiten en soporte papel, tanto en causas de competencia impositiva como aduanera, a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD).


También se establece que la notificación electrónica para todos los expedientes que tramitan en soporte papel será obligatoria y todos los intervinientes en las causas radicadas en el TFN deberán constituir domicilio electrónico denunciando su CUIT/CUIL hasta el 20/11/2020.


La presente Acordada tendrá vigencia desde el 11/9/2020. De todas maneras producirá efectos exclusivamente para las presentaciones que involucren cuestiones que no admitan demora o referidas a moratoria u honorarios a partir del 14/9/2020, inclusive y para el resto de las presentaciones se fijará oportunamente una nueva fecha, la que se establecerá a partir de la conjunción del levantamiento de la feria, la suspensión de plazos, las restricciones sanitarias y la concurrencia del personal.



CABA - Resolución (AGIP Buenos Aires Ciudad) 236: BO (Buenos Aires Ciudad): 8/9/2020: Se reglamenta la eximición del pago del impuesto sobre los ingresos brutos para la actividad gastronómica

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reglamenta el procedimiento para que los contribuyentes de la actividad gastronómica gocen de la eximición del pago del impuesto sobre los ingresos brutos en los meses comprendidos entre septiembre de 2020 y hasta febrero de 2021, ambos inclusive.


En tal sentido, todos los contribuyentes y/o responsables alcanzdos por la eximición y se hallen inscriptos en las categorías Locales o Convenio Multilateral, deberán presentar su respectivas declaraciones juradas consignando la base imponible como exenta. Por su parte los contribuyentes y/o responsables que se hallen inscriptos en la categoría Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, la exención comprenderá las Cuotas N° 5/2020, N° 6/2020 y N° 1/2021.


También, a partir del 10/9/2020 deberán ingresar a la pagina web de la AGIP y completar los datos que requerirá el aplicativo “Exención Ley 6.324”.



Buenos Aires – ARBA. Resolución Normativa (ARBA) 61/2020: BO (Buenos Aires) 10/9/2020: Régimen de regularización permanente. Se podrán regularizar deudas vencidas o devengadas hasta el 31/8/2020

La Agenia de Recaudacion de la Provincia de Buenos Aires establece que podrá regularizar a través del régimen de regularización permanente obligaciones vencidas o devengadas hasta el 31/8/2020, según el impuesto del que se trate.

Resolución Normativa (ARBA) 62/2020: BO (Buenos Aires) 10/9/2020: Régimen de regularización de deudas hasta el 31/1/2021

Se extiende hasta el 31/1/2020 el plazo para realizar la adhesión al al régimen de regularización para deudas del impuesto sobre los ingresos brutos, inmobiliario -únicamente en su componente básico respecto de los inmuebles de las plantas urbana edificada y rural- y del Impuesto a los Automotores que no se encuentren en instancia de fiscalización, de determinación o de discusión administrativa, ni en proceso de ejecución judicial.


Resolución Normativa (ARBA) 64/2020: BO Buenos Aires: 10/9/2020: Se extiende hasta el 31/12/2020 la suspensión de la solicitud de medidas cautelares en juicios de apremio

La ARBA extienden hasta el 31/12/2020 la suspensión de la solicitud de medidas cautelares en Juicios de Apremio.


FACPCE

La FACPCE presentó una nota a la AFIP

La Nota presentada es en relación a los procedimientos para solicitar la acreditación, devolución y/o transferencia del saldo a favor del impuesto al valor agregado por compras de bienes de capital y un régimen especial de compensación para quienes efectúen ventas de determinados alimentos lácteos de primera necesidad, a las Resoluciones General No 4.761 (B.O. 17/07/2020) y 4.778 (B.O. 30/07/2020) respectivamente.


En la nota se enumeran determinadas situaciones por las que las cuales se considera que deben ser atendidas especialmente, y se propone la realización de un trabajo conjunto entre las organizaciones.


Medios

Moratoria Ampliada

Monotributo

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