NEWSLETTER - 26/10/2020
- Federico Schweizer
- 26 oct 2020
- 2 Min. de lectura
Economía del conocimiento - Ley (Poder Legislativo) 27570: BO: 26/10/2020: Se publica la ley que modifica el régimen de economía del conocimiento
Se aprobó oficialmente la ley que aprueba las modificaciones al “Régimen de Economía del Conocimiento” y fue promulgada por el D. 818/2020 publicado en el mismo boletín oficial.
Con la modificación aprobada se establecen ciertos beneficios fiscales y previsionales que podrán gozar las empresas alcanzadas por el régimen:
Impuesto a las ganancias: Reducción del 60% para las Micro y Pequeñas empresas, 40% para las Medianas y 20% para las Grandes y se considerará como gasto deducible del impuesto el monto equivalente de los gravámenes análogos efectivamente pagados o retenidos en el exterior con motivo de ingresos considerados de fuente argentina.
IVA: no serán sujetos pasibles de retenciones y percepciones del impuesto los beneficiarios del régimen que efectúen operaciones de exportación respecto de las actividades promovidas.
Seguridad Social: Se podrá convertir en un bono de crédito fiscal intransferible hasta el 70% de las contribuciones patronales que se hayan pagado con destino a los sistemas y subsistemas de la Seguridad Social de los empleados debidamente registrados afectados a las actividades contempladas en el régimen. Los mismos podrán ser utilizados por el término de 24 meses desde su emisión para la cancelación de tributos nacionales, excepto el impuesto a las ganancias.
Decreto (Poder Ejecutivo) 814/2020: BO: 26/10/2020: Se prorroga hasta el 8/11/2020 las medidas de aislamiento social preventivo y obligatorio
Se prorroga hasta el 8/11/2020 las medidas de aislamiento social preventivo y obligatorio (ASPO) y distanciamiento social preventivo y obligatorio (DSPO) con aperturas en las zonas donde los niveles de contagio son menores.
Decreto (Poder Ejecutivo) 815/2020: BO: 26/10/2020: Se prorroga la suspensión de plazos procedimentales
Se prorroga la suspensión del curso de los plazos dentro de los “procedimientos administrativos”, regulados por la ley 19549, desde el 26/10/2020 y hasta el 8/11/2020, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos o que se cumplan. No obstante se exceptúa de esta suspensión a todos aquellos trámites relacionados con la emergencia sanitaria que se está transitando.
Ciudad de Buenos Aires
El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires detalla el alcance de las nuevas aperturas:
Régimen de información de planificaciones fiscales - Nota de la Dra. Teresa Gomez vía ERREPAR
Medios
Construcción
Economía del Conocimiento
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