NEWSLETTER - 27/08/2021.-
Monotributo - Resolución (Ministerio Desarrollo Productivo) 503/2021: BO: 26/8/2021: Reglamentación Crédito a Tasa Cero
El Ministerio de Desarrollo Productivo aprueba la reglamentación del acceso al “Crédito Tasa Cero 2021” para Monotributistas.
Detallamos, entre otros, los requisitos y características del mismo:
Monotributistas inscriptos como tales al día 31/5/2021 y mantenerse adheridos hasta el momento de solicitar el Crédito a Tasa Cero 2021.
La categoría será la vigente al día 30/6/2021, así como los topes de facturación por categoría vigentes a la misma fecha.
Cuando se trate de Monotributistas que registren factura electrónica podrán acceder al crédito cuando, considerando el promedio mensual de facturación electrónica del primer semestre del año 2021, se verifique que su facturación no sea superior a 1,2 veces del promedio mensual del límite inferior de su categoría.
Aquellos que no registren factura electrónica por sus operaciones de venta, locación o prestación de servicios, podrán acceder al crédito cuando el promedio mensual de compras del primer semestre del año 2021 -que surja de la facturación electrónica como compradores, prestatarios o locatarios- sea inferior al 80 % de la suma que resulte de calcular 1,2 veces el promedio mensual del límite inferior de facturación de su categoría.
No podrán acceder aquellos sujetos que perciban ingresos en relación de dependencia, Jubilaciones, Pensiones, ni trabajadores Autónomos.
No podrán acceder quienes revistan situación crediticia 3, 4, 5 o 6 en el BCRA al 30/6/2021.
El crédito se otorgará a través de la tarjeta de crédito del solicitante, de la misma manera que se efectuó la acreditación del anterior crédito a tasa cero otorgado en el año 2020.
Financiación: las financiaciones contarán con un plazo de 18 meses contados a partir de la acreditación en la tarjeta de crédito del solicitante, incluido el período de gracia de 6 meses.
Plazos: las solicitudes de los créditos podrán ser tramitadas hasta el 31/12/2021 ante la AFIP.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/248620/20210826
Resolución General (AFIP) 5058: BO: 27/8/2021: Reglamentación por parte de la AFIP del Crédito a Tasa Cero 2021
La AFIP reglamenta el Crédito a Tasa Cero 2021 estableciendo los mecanismos para solicitar el mismo, mediante la registración e ingreso de datos por parte de los contribuyentes.
En este sentido, la AFIP dispone, entre otras, las siguientes pautas:
Se ingresará por el servicio “Crédito Tasa Cero” o a través del portal Monotributo (ambos con clave fiscal).
Se podrá solicitar hasta el 31/12/2021
Se deberá ingresar el importe de crédito que se solicita, un correo electrónico y la entidad bancaria a utilizar
En caso que no se otorgue el crédito a algún contribuyente, se notificarán los motivos del rechazo.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/248703/20210827
Resolución General (AFIP) 5056: BO: 27/8/2021: Suspensión de las exclusiones de pleno derecho y bajas automáticas por falta de pago
La AFIP establece la suspensión, hasta el 1/12/2021, de las exclusiones de pleno derecho de los monotributistas. A tal fin no se realizarán hasta ese momento los controles sistémicos que se realizan para concretar dichas exclusiones.
Asimismo se prorroga la suspensión transitoria de las bajas por falta de pago. En este orden, el Fisco no computará tampoco los meses de agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2021 como meses a contabilizar para realizar las bajas automáticas del régimen simplificado.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/248701/20210827
Procedimiento - Resolución General (AFIP) 5052: BO: 26/8/2021: Se extiende la suspensión de la traba de medidas cautelares y juicios de ejecución fiscal
La AFIP extiende hasta el 30/11/2021 la suspensión de la iniciación de juicios de ejecución fiscal y la traba de medias cautelares para las micro y Pequeñas empresas y aquellas actividades críticas afectadas por la pandemia.
También se extiende hasta el 30/11/2021 la suspensión de la traba de embargos en entidades financieras o sobre fondos y/o valores de cualquier naturaleza depositados en entidades financieras o sobre cuentas a cobrar y la intervención judicial de la caja.
Las presentes suspensiones no se aplican en relación con los montos reclamados en concepto del Aporte Solidario y Extraordinario ni del impuesto sobre los bienes personales.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/248633/20210826
Resolución General (AFIP) 5055: BO: 27/8/2021: Se extiende hasta el 30/11/2021 la posibilidad de realizar determinados trámites en forma digital
La AFIP extiende hasta el 30/11/2021 la posibilidad de:
Realizar presentaciones y/o comunicaciones electrónicas a través de “Presentaciones Digitales” y para que las personas humanas que requieran acreditar su condición de apoderados de personas humanas o representantes legales de personas jurídicas suministren la documentación necesaria a esos fines.
Eximir la obligación de registrar los datos biométricos.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/248700/20210827
Facilidades de pago - Resolución General (AFIP) 5057: BO: 27/8/2021: Se extiende hasta el 30/11/2021 la vigencia transitoria del régimen de facilidades de pago permanente
Se extiende hasta el 30/11/2021 la vigencia transitoria de la cantidad máxima de planes de facilidades de pago admisibles, cantidad de cuotas y tasa de interés de financiamiento aplicable del régimen de facilidades de pago permanente que establece la RG (AFIP) 4268.
Asimismo y hasta la misma fecha se extiende a 36 la cantidad de cuotas que podrán solicitarse por deudas originadas en ajustes de fiscalización.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/248702/20210827
Impuesto al Valor Agregado - Transporte - Resolución General (AFIP) 5051: BO: 23/8/2021: Se extiende hasta el 31/12/2021 el plazo para suministrar información respecto del régimen de acreditación, devolución y/o transferencia del saldo a favor técnico acumulado por bienes de capital
La AFIP extiende hasta el 31/12/2021 el plazo para que las empresas de transporte público suministren la información adicional que tienen que presentar en relación con la solicitud de acreditación, devolución y/o transferencia del saldo a favor técnico acumulado por bienes de capital, y de esta forma complementar las que fueron realizadas con anterioridad a la habilitación sistema “SIR – Sistema Integral de Recuperos”.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/248453/20210823
Buenos Aires - Resolución Normativa (ARBA Buenos Aires) 28/2021: BO (Bs. As.) 19/8/2021: Contratistas del Estado. Se incrementa el importe mínimo sujeto a retención
Se eleva a $100.000 el importe a partir del cual corresponderá practicar la retención el impuesto sobre los ingresos brutos respecto de los contratistas del Estado.
http://www.arba.gov.ar/Intranet/Legislacion/Normas/Resoluciones/2021/Res028-21.pdf
Información Adicional
AFIP
Medidas de alivio
https://servicioscf.afip.gob.ar/publico/sitio/contenido/novedad/ver.aspx?id=485
Medios
Monotributo
Ganancias Empleados
Jurisprudencia
Impuesto a la riqueza
https://www.iprofesional.com/impuestos/346216-impuesto-a-la-riqueza-nuevo-informe
Fallo a favor de un contribuyente
Procedimiento Fiscal
Intimaciones
https://blog.errepar.com/afip-comunicacion-contribuyentes/