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NEWSLETTER - 28/7/2021

Foto del escritor: TGCQTGCQ
Monotributo - Ley (Poder Legislativo) 27639: BO: 22/7/2021: Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes

Se aprueba el “Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes”, el que complementa el Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes.


El mismo establece:


  • El sostenimiento de los valores mensuales de las cuotas a ingresar por el Monotributo correspondientes al semestre Enero-Junio 2021 a los valores vigentes al mes de Diciembre de 2021.

  • Esquema de actualización de escalas a partir del mes de Julio de 2021.

  • Programa de alivio fiscal para que los contribuyentes que cumplan determinados requisitos y comportamiento respecto del Régimen Simplificado puedan volver o permanecer en el mismo.

  • Régimen de facilidades de pago para obligaciones o infracciones cometidas al 30/6/2021 por los componentes impositivo y previsional, condonando intereses y multas.


Resolución General (AFIP) 5034: BO: 27/7/2021: Reglamentación del Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes

Se reglamenta el Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes, dispuesto por la Ley 27639.


Entre otras, señalamos las disposiciones más relevantes de la presente reglamentación:


- Escalas: se actualizan en forma excepcional para la recategorización que se encuentra vigente desde el 28/7/2021 y hasta el 17/8/2021 y para nuevos contribuyentes, estableciendo nuevos valores para los ingresos brutos mensuales de todas las categorías.

- Alivio fiscal: podrán permanecer en el monotributo quienes hayan estado inscriptos al 30 de Junio pero que hayan excedido anteriormente los valores máximos de facturación.


Asimismo podrán permanecer quienes entre el 1/1/2021 y el 30/6/2021 fueron excluidos y dados de alta en el régimen general.


Por su parte, quienes hayan paso al régimen general entre el 1/10/2019 y el 30/6/2021 podrán optar por volver al Régimen Simplificado.


A tal efecto se deberán cumplir determinados requisitos en relación con ingresos de cuotas adicionales, las que variarán e acuerdo a la categoría que le corresponda al contribuyente, no podrán haber superado el límite de ingresos brutos en 1,5 veces la categoría máxima prevista y no deben poseer bienes en el año 2020 por más de $6,5 millones de pesos (excepto la casa habitación).


- Moratoria: se establece un plan para regularizar obligaciones vencidas hasta el 30/6/2021 inclusive, con la condonación de intereses y multas.


Las deudas se podrán regularizar en hasta 60 cuotas con una tasa de interés máxima del 1,5%.


El servicio para adherirse a la moratoria estará disponible en la web de la AFIP, en el servicio “Mis Facilidades” a partir del 6/8/2021. Para el caso de reformulación de planes vigentes el servicio se encontrará disponible desde el 13/8 y el 31/8 para la reformulación de planes puros o mixtos respectivamente.


- Confirmación de valores mensuales de enero a junio de 2021: se confirma la inexistencia de la deuda por los períodos enero a junio de 2021, retrotrayendo dichos valores mensuales a los vigentes al mes de diciembre de 2020.


Se aclara que la AFIP realizará la conversión de las categorías de los sujetos que se hayan adherido desde el 1/7/2021 y el 22/7/2021, en función de las nuevas categorías vigentes. Las mismas podrán consultarse desde el servicio “Monotributo” a partir del 2/8/2021.


Resolución General (AFIP) 5031: BO: 26/7/2021: Exención del impuesto sobre los débitos y créditos para Monotributistas que utilicen cuenta corriente y adecuación de la normativa para el caso de Proveedores de Servicios de Pago.

La AFIP establece que los Monotributistas que utilicen cuentas corrientes resultarán eximidos del pago del impuesto sobre los débitos y créditos bancarios, como medida para equiparar el tratamiento impositivo entre las cuentas bancarias y las billeteras virtuales, las cuales ya se encuentran exentas del pago del impuesto.


Esta exención operará automáticamente para los monotributistas con cuentas corrientes activas. Asimismo se establece el procedimiento para que se pueda acceder a la citada exención en caso de abrir nuevas cuentas corrientes y también para los nuevos monotributistas que utilicen este tipo de cuentas.



Circular (AFIP) 3/2021: BO: 26/7/2021: Registro de Beneficios Fiscales en el Impuesto sobre los débitos y créditos

La AFIP aclara que el deber de inscripción en el “Registro de Beneficios Fiscales en el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias” es únicamente para que los Monotributistas que posean cuentas corrientes bancarias que no encuentren ya incorporadas en el mencionado Registro.


Procedimiento - Resolución General (AFIP) 5029: BO: 20/7/2021: Régimen de información para los Proveedores de Servicios de Pago (PSP)

La AFIP establece que los Proveedores de Servicios de Pago que ofrecen cuentas de pago, deberán cumplir con el régimen de información vigente, en relación con:

- La nómina de cuentas con las que se identifican a cada uno de los clientes, así como las altas, bajas y modificaciones


- Montos totales en pesos de los ingresos, egresos y saldo final mensual de las cuentas

Las operaciones a informar son aquellas realizadas a partir de julio de 2021, y en este caso la misma podrá ser presentada hasta el 30/8/2021.


Salario Complementario - Resolución General (AFIP) 5035: BO: 28/7/2021: Se establece el procedimiento para restituir el salario complementario ante la detección de incumplimientos

La AFIP establece el procedimiento para realizar la restitución del salario complementario otorgado por el Gobierno Nacional a aquellos empleadores por los cuales se detecten incumplimientos de requisitos para su goce.



Información Adicional

AFIP

Monotributo

La recategorización comienza hoy, 28/7 y termina el 17/8/2021!!!!


FACPCE

Reunión de la FACPCE y los 24 presidentes de los Consejos se reunieron la Administradora Federal de Ingresos Públicos


Medios

Impuestos


Planificaciones fiscales


Salario complementario


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