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NEWSLETTER SEMANAL - 2/2/2022

Foto del escritor: TGCQTGCQ
Procedimiento Fiscal - Resolución General (AFIP) 5138: BO: 27/1/2022: Entidades financieras. Se actualiza importe para informar transacciones

La AFIP actualiza los importes para que las entidades financieras informen las acreditaciones, extracciones, saldos de cuentas, depósitos a plazo y consumo con tarjeta de débito.


En este sentido se incrementa a $30.000 el monto mínimo para informar consumos con tarjeta de débito y a $90.000 cuando se trate de acreditaciones, extracciones, saldos de las cuentas y depósitos a plazo fijo.



Facilidades de pago - Resolución General (AFIP) 5142: BO: 31/1/2022: Se extiende hasta el 31/3/2022 la vigencia transitoria del régimen de facilidades de pago permanente

Se extiende hasta el 31/3/2022 la vigencia transitoria de la cantidad máxima de planes de facilidades de pago admisibles, cantidad de cuotas y tasa de interés de financiamiento aplicable del régimen de facilidades de pago permanente que establece la RG (AFIP) 4268.



Ganancias y Bienes Personales - Resolución General (AFIP) 5143: BO: 31/1/2022: Miniplan. Se extiende hasta el 31/3/2022 la posibilidad de regularizar deudas sin tener en cuenta el SIPER

La AFIP extiende hasta el 31/3/2022 la posibilidad de regularizar deudas de Ganancias y Bienes personales, accediendo a los beneficios de financiación del adelanto del 25% y el saldo en 3 cuotas, sin tener en cuenta la categoría en SIPER que tenga el contribuyente.



Emergencia Hídrica - Resolución General (AFIP) 5144: BO: 31/1/2022: Emergencia Hídrica Cuenca Río Paraná. Se extiende hasta el 15/2/2022 el plazo para acceder a beneficios

La AFIP extiende hasta el 15/2/2022 el plazo para solicitar los beneficios a los que pueden acceder los contribuyentes que se encuentren en la zona de la cuenca del Río Paraná afectados por la Emergencia Hídrica.



Inspección General de Justicia - Resolución General (IGJ) 1/2022: BO: 1/2/2022: Plazo de duración de instrumentos constitutivos que se inscriban ante la IGJ

Se determina que todo instrumento constitutivo, contrato social o estatuto de sociedad comercial que se deba inscribir en el Registro Público de la IGJ, deberá incluir el plazo de duración que no podrá exceder el plazo de 30 años a contar desde su inscripción.



Información Adicional

AFIP

Planes de pago


Entidades Financieras


Consejo CABA

Se reiteran pedidos referidos al cómputo de percepciones y actualización de montos de la RG (AFIP) 830


Información especializada

Ganancias cuarta categoría

Carga compra de dólares en el Siradig


Estados contables. IGJ


Medios

Ejecución fiscal


Se termina la feria judicial


Controles AFIP y ATP


Transmisión gratuita de bienes

 
 
 

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