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#NovedadesAFIP: aportes ART empleo doméstico - Libro de Sueldos para Pymes y certificado Ganancias

Trabajadoras de casas particulares: Nuevos valores establecidos por SRT


La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) dispuso los valores para la cuota de la ART para las trabajadoras de casas particulares. La normativa de la SRT estableció que dichos valores rigen para los pagos vencidos en abril y mayo 2022. La cuota de la aseguradora está contemplada dentro del pago mensual que realiza cada empleador. Por su parte, la Comisión Nacional de Trabajo de Casas Particulares definió los valores mínimos para las remuneraciones de las y los trabajadores de casas particulares, que entrarán en vigencia desde mayo de 2022.

La contratación de una ART garantiza a las trabajadoras que experimenten un accidente laboral o una enfermedad profesional, el acceso a atención médica, el pago del sueldo mientras esté en tratamiento y el pago de las indemnizaciones que correspondan. Es una obligación de cada empleador contratar la ART.

¿Cómo se abona la ART, los aportes y las contribuciones?

Portal de casas particulares: en el servicio con clave fiscal “personal de casas particulares” estará disponible la fecha del próximo vencimiento y la posibilidad de seleccionar alguno de los medios de pago habilitados.

Pago manual: se podrá generar un VEP con los importes correspondientes, pagar desde un cajero automático, por transferencia bancaria o mediante débito automático con tarjeta de crédito.

A partir de la actualización establecida por la SRT, deberán abonarse las diferencias entre los nuevos valores y lo ingresado en abril. Dicho podrá realizarse de alguna de las siguientes formas:

En el servicio con clave fiscal “Presentación de DDJJ y pagos”, seleccionar “Casas Particulares- pago de otros conceptos”, y luego “diferencia ART” e idéntico subconcepto.

Mediante el Formulario 575, en la sección "IV - Cobertura Aseguradora Riesgo de Trabajo (ART)". Habrá que utilizar el código de impuesto 786, Concepto y subconcepto 932.



La AFIP simplifica el uso del Libro de Sueldos Digital a las pymes


La Administración Federal de Ingrsos Públicos (AFIP) introdujo modificaciones en el Libro de Sueldos Digital que simplifica el uso de la herramienta para las pequeñas empresas. Con una nueva funcionalidad, las firmas podrán realizar la carga de datos a través de una planilla de cálculo interactiva que luego se exporta al sistema.

El Libro de Sueldos Digital es una herramienta informática que permite a los empleadores cumplir con distintas obligaciones en un único trámite para generar el Libro de Sueldos y Jornales, - Hojas Móviles -, y la declaración jurada mensual a través del formulario F.931.

Los datos de la Dirección de los Recursos de la Seguridad Social de la AFIP reflejan que más de 93.000 firmas y más de 4 millones de trabajadoras y trabajadores empleados en el sector privado utilizan el Libro de Sueldos Digital. En la etapa de incorporación de pequeñas empresas, el organismo puso a disposición una planilla de cálculo interactiva que permite a las firmas obtener un modelo de datos en forma rápida y exportarlo sobre el sistema.

De esta manera, las PyMEs podrán realizar la carga y parametrización de los conceptos de seguridad social de manera más simple, rápida y en forma automática.

Estas herramientas facilitan las tareas de cumplimiento de las pequeñas empresas que no cuentan con los recursos técnicos o económicos para adaptar sus sistemas. Con la funcionalidad puesta a disposición, el personal de la firma responsable de administrar y registrar sus novedades en materia de seguridad social podrá parametrizar su Libro de Sueldo Digital de manera más ágil.

Esta nueva funcionalidad se suma a una serie de instrumentos y herramientas al servicio de las empresas en el proceso de incorporación del Libro de Sueldos Digital:

- Una extensa red de oficiales de cuenta en su call center capacitados para orientar a los empleadores.

- Micrositio con más de 140 guías específicas y ayudas

- Un listado de preguntas frecuentes

Toda la información sobre el Libro de Sueldos Digital puede consultarse en el siguiente link: www.afip.gob.ar/LibrodeSueldosDigital/.



Certificado de exención del Impuesto a las Ganancias: procedimiento simplificado


La AFIP estableció un mecanismo simplificado que resuelve en 15 días corridos, en lugar de los 45 días que demanda el procedimiento general para que las entidades sin fines de lucro obtengan el certificado de exención en el Impuesto a las Ganancias, el cual les acceder a beneficios impositivos.


La medida beneficia a cooperadoras escolares, fundaciones sin fines de lucro, bomberos voluntarios, comunidades indígenas, centros de jubilados y cooperativas de trabajo inscriptas en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social (REDLES), entre otras.


Procedimiento


Para realizar la solicitud de forma simplificada, las entidades deben acceder con clave fiscal al servicio “Certificado de exención en el Impuesto a las Ganancias”, opción “Régimen simplificado”.


Una vez allí, tienen que completar los datos solicitados por el sistema, aceptar la información e imprimir el acuse de recibo del ingreso de la solicitud.


El sistema emitirá un comprobante que tendrá el carácter de acuse de recibo y asignará un número de presentación.


El procedimiento está explicado pantalla por pantalla en la guía paso a paso "Certificado de Exención en el Impuesto a las Ganancias Régimen Simplificado".


El certificado de exención del impuesto a las ganancias permite que las entidades sin fines de lucro no ingresen el tributo correspondiente como tampoco las posibles retenciones y percepciones de IVA.


El micrositio "Entidades sin fines de lucro" reúne toda la información relativa a cómo tramitar la exención de ganancias, financiar deuda y cuáles son los medios de pago disponibles.





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