Mediante resolución 19/2024, la Secretaría de Seguridad Social, establece el índice combinado previsto en el régimen simplificado de jubilaciones y pensiones, para la actualización de las remuneraciones mensuales percibidas por los trabajadores en relación de dependencia que cesen desde el 31 de agosto de 2024 o bien soliciten su beneficio desde el 1 de septiembre de 2024.
La norma entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
Recordamos que la ley 26.417 dispuso que, a fin de practicar la actualización trimestral de las remuneraciones a las que se refiere el artículo 24, inciso a) y las mencionadas en el artículo 97 de la Ley Nº 24.241 -sistema integrado de jubilaciones y pensiones - se aplicará un índice combinado entre el previsto en el inciso b) del apartado I del artículo 5º de la Ley N° 27.260 de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados y el índice establecido por la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) que elabora la Secretaría de Seguridad Social o quien en el futuro lo sustituya.
Fuente: Errepar
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