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Obtuvo dictamen en Diputados la ampliación de las licencias familiares

Las comisiones de Legislación de Trabajo, la de Mujeres y Diversidad, y la de Presupuesto y Hacienda de la cámara de Diputados emitieron, hace unos días, un dictamen favorable para el proyecto que amplía las licencias familiares.


El dictamen de mayoría, impulsado por el oficialismo, se firmó con 55 adhesiones, mientras que Juntos por el Cambio y el Partido Socialista presentaron dictámenes propios de minoría.


El proyecto final recogió aportes del proyecto Cuidar en Igualdad impulsado por el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad y más de 50 iniciativas que proponían modificaciones en las licencias.


Para llegar a él, se realizaron 20 Parlamentos Territoriales de Cuidado en 15 provincias y 7 instancias consultivas con más de 200 organizaciones e instituciones.


Entre otras cuestiones, prevé que la licencia aumente a 126 días para personas gestantes; y de 2 a 45 días para personas no gestantes.


Además, crea una asignación para garantizar el derecho a cuidar de las personas gestantes, no gestantes y adoptantes que sean monotributistas y autónomas.


Es muy probable que el proyecto sea tratado en alguna de las sesiones plenarias que estarían previstas para el mes de septiembre (habría, al menos, una reunión).


El dictamen de mayoría: principales puntos


El dictamen del oficialismo, en 28 de sus 38 artículos, recoge parte de la propuesta del Poder Ejecutivo.


Modificaría la Ley de Contrato de Trabajo, la Ley de Asignaciones Familiares, la Ley Nacional del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones; habría cambios en la Ley de Obras Sociales y en la Ley de Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas particulares, entre otros ítems.


Entre las modificaciones propuestas se destacan:


-La extensión de 2 a 45 días de la licencia para personas no gestantes. También incluye la opción de tomar "15 días corridos y completar los 30 días restantes, en forma continua o discontinua, dentro de los 180 días posteriores al nacimiento o 15 días anteriores a la fecha probable de parto". Para las personas que adopten, en tanto, también habría disponibles 126 días de licencia "a partir de la fecha en que se inicie la convivencia".


-La extensión hasta 126 días con 45 días previos y 81 posteriores de la licencia de las personas gestantes.


-La creación de una licencia de 90 días para personas adoptantes que se cuentan desde la notificación de la resolución judicial (esto es un derecho nuevo, las familias que adoptan no tenían derecho a una licencia).


-La extensión en 180 días en caso de nacimiento o adopción de una niña o niño con discapacidad o enfermedad crónica.


-La creación de una asignación parental para personas gestantes, no gestantes y adoptantes que trabajen de manera independiente como monotributistas o autónomos para que puedan tomarse licencias por embarazo, parto, o adopción.


-La inclusión de los meses de licencia como aportados en el cálculo previsional.


-Las trabajadoras de casas particulares contarán con las mismas licencias que corresponda según el caso de personas gestantes, no gestantes y adoptantes.


-En el caso de interrupción del embarazo, la iniciativa contempla 10 días corridos contados a partir del día en que se solicita la licencia, tanto para la persona gestante como para la persona no gestante con la cual hubiera compartido la responsabilidad parental.


-Para la asistencia a entrevistas con fines de adopción, audiencias, encuentros o visitas a un niño, una niña o adolescente que se pretende adoptar, se establecen dos días corridos con un máximo de 12 días hábiles anuales, desde el inicio de las visitas previas a la tenencia en guarda con fines de adopción y hasta la resolución judicial que ordena su otorgamiento.


-Por Técnicas de Reproducción Humana Asistida (TRHA), se propone establecer una licencia de 15 días laborables continuos o discontinuos por año calendario como persona gestante, ovodonante o manifestando su voluntad procreacional.


Licencias no relacionadas a nacimiento o adopción

-También amplía otros tipos de licencias no relacionadas con el nacimiento. Prevé pasar de 10 a 12 días por matrimonio o unión convivencial, de 3 a 10 días por fallecimiento de hijo o hija y de 1 a 3 por fallecimiento de hermano o hermana. También eleva a 15 días hábiles las licencias por violencia de género o laboral, con ausencias o llegadas tarde justificadas por ese motivo.


-Para el cuidado por enfermedad de un miembro del grupo familiar, persona a cargo, se establece un máximo de 20 días por año que podrán ser utilizados en forma continua o discontinua, la cual podrá extenderse hasta 60 días anuales, sin goce de haberes.


-Para rendir examen en cualquier nivel educativo de la educación formal, se contemplan dos días corridos por examen, con un máximo de 10 días por año calendario.


-Para el cuidado o atención de un miembro del grupo familiar y persona a cargo con discapacidad, el proyecto establece tres días corridos con un máximo de 15 días por año calendario.


-Por adaptación escolar de hijo o hija en los niveles de jardín maternal, preescolar y primer grado, 4 horas diarias durante 5 días en el año calendario; y por reuniones organizadas por el establecimiento educativo, hasta 15 horas por año calendario.


Fuente: Errepar

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