A través, de la Resolución General 5378/2023, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció un plazo especial de validez de 90 días para las solicitudes de exportación oficializadas de los productos alcanzados por el Programa de Incremento Exportador.
El objetivo del Programa de Incremento Exportador para Economías Regionales, es incentivar la comercialización de soja y promover el empleo y el abastecimiento a precios justos de los productos de todas las economías regionales.
Recordamos que a través del decreto 194/2023, publicado con fecha 10 de abril en el Boletín Oficial, se restablece el Programa de Incremento Exportador para la Soja y Derivados, y se amplía a las economías regionales.
Fuente: Errepar
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