top of page
  • Foto del escritorTGCQ

Proponen que el Tribunal Fiscal Nacional pueda cerrar y cobrar todas las causas en trámite

Acceda al texto completo del proyecto:


https://bit.ly/3HYG2SW




Con la confirmación de que las puertas del recinto de la Cámara alta no volverán a abrirse en lo que resta del año, los senadores aún continúan presentando iniciativas. Tal es el caso del oficialista Oscar Parrilli (Neuquén) quien presentó un proyecto para que el Tribunal Fiscal Nacional pueda cerrar y cobrar todas las causas en trámite que tiene a su cargo, lo que le permitirá al TFN recaudar más de 5 mil millones de dólares que están inmovilizados en procesos administrativos interminables.


Para lograrlo, el legislador neuquino propone “cambiar el efecto en la apelación ante el TFN, sustituyendo el efecto suspensivo por el devolutivo, salvo para la parte de la sanción que continúa siendo suspensivo”.


Parrilli recordó que “el efecto, en términos generales del derecho, puede ser Suspensivo o Devolutivo. El primero significa que la ejecución de lo decidido se suspende hasta tanto el juzgador superior lo defina; y será devolutivo, cuando con el otorgamiento del recurso no impide su ejecución”.


“En el ámbito de lo tributario, consideraremos devolutivo o suspensivo, en definitiva, a la posibilidad que tenga el fisco de cobrar o no su acreencia, respectivamente”, sostuvo al tiempo que explicó: “Hoy, bajo los lineamientos de la ley en vigencia, el efecto es suspensivo. Es decir, el Fisco no puede ejecutar su deuda hasta tanto se expida en la reconsideración o resuelva el TFN, lógicamente siendo vencedor el erario público”.


Por ello es que propone que “ante la apelación al TFN que el recurso sea concedido al efecto devolutivo, es decir, que el otorgamiento de la apelación al TFN no impida la ejecución de la deuda tributaria por parte del Fisco a excepción de la multa”.


El texto propone modificar, en materia impositiva, el artículo 164 de la Ley 11.683 por el siguiente: “El Tribunal Fiscal de la Nación tendrá la facultad de declarar de oficio o a solicitud de la parte demandada, sin otro trámite, la caducidad de instancia cuando no se instare el curso del proceso dentro del término de 90 días. La caducidad operada acuerda fuerza de cosa juzgada a la resolución recurrida”.


Por otro lado, busca sustituir el artículo 1.143 del Código Aduanero por el siguiente: “El Tribunal Fiscal de la Nación tendrá la facultad de declarar de oficio o a solicitud de la parte demandada, sin otro trámite, la caducidad de instancia cuando se instare el curso del proceso dentro del término de 90 días. La caducidad operada acuerda fuerza de cosa juzgada a la resolución recurrida”.


“Para las actuaciones que se encuentren en trámite ante el Tribunal Fiscal de la Nación suspéndase la caducidad de instancia mencionada precedentemente por el término de 90 días contados desde la fecha de entrada en vigencia de la presente ley”, agrega.


Además, Parrilli propone incorporar la “Caducidad de instancia” que actualmente no existe para el ámbito del TFN. Así es que “se propone su incorporación tanto en la ley de procedimiento Fiscal como en el Código Aduanero”.


“Con este cambio consideramos que el procedimiento se acelerará atento a que el contribuyente, quien es la parte demandante, será el sujeto interesado en instar la instancia y deberá estar atento para que ella no le caduque”, afirmó Parrilli.


Actualmente, tras un pedido de informes realizado por el Senado, en la nota respondida por el presidente del TFN, expresa que al 30/06/2022 se encuentran en trámite un total de 5.580 causas impositivas y 6.617 causas aduaneras, totalizando unas 12.197 causas.


El TFN posee un total de 7 salas, de las cuales 4 son impositivas y 3 aduaneras, y cada sala cuenta con 3 vocalías, con lo cual poseen un total de 21 vocales que deben resolver los asuntos impositivos y aduaneros.


Las 9.208 actuaciones del total mencionado tienen una antigüedad mayor a 5 años, es decir el 75% del total de las casusas activas en el TFN.


En números o montos expresados en dólares, el total de las 12.000 causas, comprende una suma litigiosa de unos 5.300 millones de dólares. Cabe aclarar que ese monto de 5.300 Millones de dólares, al día de la fecha sería aún mayor ya que los intereses resarcitorios, mientras tramita el proceso continúan devengándose y se eleven mucho más los 5.300 millones citados, dada la antigüedad de muchas de las demandas.


Por último, el proyecto impulsa una actualización en los montos iniciales demandados (datan de 2012), para que el TFN se aboque a las cifras mayores al millón de pesos.


Fuente:


https://www.parlamentario.com/2022/12/22/proponen-que-el-tribunal-fiscal-nacional-pueda-cerrar-y-cobrar-todas-las-causas-en-tramite-que-tiene-a-su-cargo/


15 visualizaciones0 comentarios
bottom of page