A través de la resolución general 992/2024, la Comisión Nacional de Valores habilita nuevos mecanismos para el control y fiscalización de fideicomisos financieros con el fin de adaptarlos con los estándares internacionales, como el uso de la firma digital para la presentación de documentos.
Asimismo, implementa trámites a distancia, dinamiza la tramitación del vehículo de inversión e incorpora recomendaciones efectuadas por la Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO) con el propósito de establecer prácticas de supervisión coherentes, eficaces y efectivas adaptadas a las necesidades del mercado de capitales local.
Recordamos que los fideicomisos financieros, son aquellos contratos en los cuales el fiduciario es una entidad financiera o una sociedad especialmente autorizada por el organismo de contralor para actuar como tal, sin distinción en relación a la modalidad de oferta que realice de los valores fiduciarios que emita el fideicomiso.
Simplificación
La normativa establece que cuando el volumen de los bienes fideicomitidos lo requiera, el fiduciario deberá presentar la información pertinente en soporte digital, ampliando el menú de opciones de modo de admitir medios digitales que resguarden la inalterabilidad e integridad de los datos y cumplan con los estándares de seguridad que garanticen su inviolabilidad.
Asimismo se simplifica la documentación que debe ser acompañar durante la solicitud de oferta pública, delegando la responsabilidad en relación a su existencia y legalidad al fiduciario.
Se exime de presentar el informe de control y revisión inicial en el supuesto de fideicomisos financieros que se constituyan con dinero u otros activos líquidos y se dispone que los informes de control y revisión sean publicados por el fiduciario en el sitio web del organismo.
Fuente: Errepar
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