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REPRO: fechas de inscripción, facturación y nómina


El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, mediante la Resolución 3/2023, establece las fechas de inscripción, de facturación y de nómina (F-931), los Cortes de actualización de C.B.U. y los cortes de bajas en nómina, para el “Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo” (REPRO), para los salarios devengados durante los meses comprendidos entre enero y junio de 2023.



Requisitos del REPRO


Recordamos que, según lo estableció la Resolución (MTESS) 420/2022 creadora del “Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo” (REPRO), para acceder al beneficio, los postulantes deberán cumplir con las siguientes condiciones de acceso:


• Enfrentar una situación económica crítica conforme la evaluación de un conjunto de indicadores patrimoniales, financieros, económicos y de parámetros, los cuales serán definidos por el Comité de Evaluación y Monitoreo del “Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo” (REPRO).

• Presentar un “Plan de recuperación económica, productiva y laboral” consistente, veraz y de efectivo cumplimiento.

• No haber efectuado una reducción de personal mayor al veinte por ciento (20%) en la comparación interanual al momento de solicitar la asistencia dineraria.


El Programa incluye criterios de preselección y selección para acceder al beneficio:



1) Criterios de preselección: Evaluación de un conjunto de indicadores económicos, financieros y laborales. Los indicadores, son los siguientes:


• Variación de la facturación.

• Variación del IVA compras.

• Endeudamiento (pasivo total/ patrimonio neto).

• Liquidez corriente (activo corriente / pasivo corriente).

• Variación porcentual del consumo de energía eléctrica y gasífera.

• Variación porcentual de la relación entre el costo laboral total y la facturación.

• Variación porcentual de las importaciones.



Los parámetros para cada indicador serán definidos por el Comité de Evaluación y Monitoreo del “Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo” (REPRO), como así también los periodos de referencia utilizados para cada indicador.



2) Criterios de selección: el sujeto empleador deberá contar con el “Plan de recuperación económica, productiva y laboral” aprobado el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.


La inscripción al programa tiene una periodicidad mensual y el lapso de tiempo para su inscripción es determinado a través de Resolución del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.


Los empleadores que no hayan accedido al beneficio en un mes, podrán reinscribirse en los meses siguientes, con un máximo de 3 veces en el período del año calendario.


Fuente: Errepar


https://www.errepar.com/errepar/articulos/2023/01/repro-fechas-inscripcion.page




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