Por medio de la resolución general 5423, publicada en el Boletín Oficial del 27 de septiembre, la AFIP incorpora en la resolución general 830 un nuevo código específico sujeto a retención del impuesto a las ganancias.
Al respecto, se incorpora el código 119 el que comprende a los profesionales liberales y oficios. Recordamos que dicho sujetos estaban incluidos anteriormente en el código 116, el cual ahora solo incluirá a los albaceas, a los mandatarios y a los gestores de negocios.
Este nuevo régimen de retención para los profesionales liberales tendrá un monto no sujeto a retención de $ 160.000 y la alícuota será progresiva de acuerdo a una escala específica.
Las disposiciones de esta resolución general resultan de aplicación para los pagos realizados a partir del 1 de octubre de 2023.
A los efectos de la retención correspondiente a los pagos efectuados bajo el código 119, podrá utilizarse hasta el 31 de diciembre el código de régimen 116, considerando los montos no sujetos a retención y la escala y alícuotas aplicables al código de régimen 119.
Acceda a la Resolución General (AFIP) 5423:
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