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RG ARCA 5836/2026 — Régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias

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    TGCQ
  • 20 abr
  • 2 Min. de lectura

La Resolución General 5836/2026 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, publicada en el Boletín Oficial del 20 de abril de 2026, modifica la RG 5692 para incorporar el procedimiento de presentación de la declaración jurada mediante el Régimen Simplificado creado por el Capítulo III del Título II de la Ley 27.799 y reglamentado por el Decreto 93/2026. Los contribuyentes adheridos a ese régimen —personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país que cumplan las condiciones establecidas— presentan el formulario F.2711 a través del servicio “Ganancias Personas Humanas — Portal Integrado” disponible en arca.gob.ar, en lugar del F.711 del régimen general.


El mecanismo de confección del F.2711 consiste en que ARCA pone a disposición la información obrante en sus sistemas y la suministrada por terceros, conforme al artículo 6° del Anexo del Decreto 93/2026. El contribuyente puede efectuar ajustes, incorporaciones o eliminaciones sobre esa base y confirma la declaración antes de su presentación. La adhesión o ratificación anual al régimen debe realizarse conforme a los plazos de la RG 5820; el desistimiento o la exclusión obliga a presentar la declaración bajo el régimen general. Por disposición transitoria del artículo 2° de la RG 5836, las reglas también alcanzan a quienes convaliden la adhesión al régimen simplificado por el período fiscal 2025 en los términos del artículo 9° de la RG 5820.


La norma entró en vigencia el día de su publicación. Los contribuyentes que se encuentren dentro del universo habilitado deben verificar si corresponde ejercer o ratificar la opción de adhesión dentro de los plazos fijados por la RG 5820, y tener en cuenta que la convalidación para el período fiscal 2025 habilita la presentación del F.2711 en lugar del F.711 para ese ejercicio.​​​​​​​​​​​​​​​​

 
 
 

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