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Actualización de los requisitos y montos para Sociedades de Garantía Recíproca

La Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa, a través de la disposición 470/2023 establece nuevos parámetros para el análisis de eventuales solicitudes de aumentos del Fondo de Riesgo que permita asistir a mayor cantidad de micro, pequeña y mediana empresas (MIPYMES) y definir indicadores alcanzables para el sistema de Sociedades de Garantía Recíproca.


Fondo de Riesgo

La norma actualiza los montos nominados en pesos argentinos, reexpresando tales cifras en unidades de valor adquisitivo (UVA), actualizables por el coeficiente de estabilización de referencia (CER) publicadas diariamente por el Banco Central de la República Argentina.


De esta forma se adecuan los montos fijos nominados en pesos vinculados con el Fondo de Riesgo autorizado mínimo y el Fondo de Riesgo Computable de integración mínima, procediendo a su actualización por el CER.


Legajo Único Financiero y Económico

Por otro lado, la norma dispone la incorporación del “Legajo Único Financiero y Económico” (LUFE) al sistema de Sociedades de Garantía Recíproca con el fin de simplificar los trámites de gestiones crediticias y agilizar la emisión de avales y el acceso al financiamiento dirigido a MIPYMES.


Recordamos que el LUFE es una plataforma que centraliza los principales indicadores económicos, financieros y patrimoniales de las personas que cuentan con certificado MIPYME vigente.


Fuente: Errepar


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