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#AFIP: se prorrogan nuevamente los Regímenes de Facilidades de Pago

Se extiende, a través de la Resolución General 5295/2022 y hasta el 31/12/2022, inclusive, el plazo fijado por la Resolución General AFIP 4959/2021, para que los sujetos comprendidos en el régimen de facilidades de pago establecido por la Resolución General AFIP 4057/2017, regularicen sus obligaciones respecto de los impuestos a las ganancias y/o sobre los bienes personales en hasta 3 cuotas, con un pago a cuenta del 25% y a la tasa de financiación prevista en la última norma citada, sin considerar la categoría del “Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)” en la que dichos sujetos se encuentren incluidos, siempre que se trate de las categorías A, B, C o D.



Asimismo, se sustituyen en los cuadros referidos a “CANTIDAD DE PLANES, CUOTAS Y TASA DE INTERÉS DE FINANCIACIÓN” del Anexo II de la Resolución General AFIP 4268/2016, la expresión “VIGENCIA TRANSITORIA DESDE EL 20/08/2019 AL 31/10/2022”, por la expresión “VIGENCIA TRANSITORIA DESDE EL 20/08/2019 AL 30/12/2022”.


Acceda al texto completo de la norma:



Fuente: CPCECABA



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