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ARBA lanzó un nuevo plan de pagos para agentes de recaudación


La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires implementó, desde el lunes 25 de abril, un plan de pagos para agentes de recaudación y sus responsables solidarios, provenientes de retenciones y/o percepciones no efectuadas, tanto en relación a los Impuestos sobre los Ingresos Brutos como a Sellos.


El mismo, estará vigente hasta el 31 de diciembre próximo y permitirá regularizar las deudas hasta en 48 cuotas.


La resolución normativa de ARBA, que fue publicada en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires, estableció beneficios específicos para empresas que actúan como Agentes de Recaudación.


Deudas comprendidas


Las deudas incluidas en este beneficio, además de las correspondientes a intereses, recargos y multas por retenciones y/o percepciones no efectuadas, y las surgidas por la falta de presentación de declaraciones juradas, son todas aquellas provenientes de regímenes de pago posteriores al 2001, vencidos al 31 de diciembre del 2021, correspondientes a los impuestos mencionados.


Los agentes podrán regularizar su situación cualquiera sea la instancia del proceso en que se encuentren —sea fiscalización, determinación, o de discusión administrativa o firme— tanto en el caso de estar en instancia de discusión o ejecución judicial.


Esta medida no comprenderá deudas que cuenten con sentencia penal condenatoria, ni aquellas verificadas en concurso preventivo o quiebra.



Cómo tramitarlo


En caso de regularización de una deuda en instancia prejudicial, el agente podrá realizar el trámite de manera virtual en www.arba.gov.ar.


Tanto en el caso de los Ingresos Brutos —tratándose de una deuda anterior de enero del 2012— como de Sellos, se deberá ingresar el período y el importe del impuesto que se desea incluir y el sistema calculará el monto con los intereses y recargos que correspondan.


Cuando se trate de Ingresos Brutos correspondientes al mes de enero de 2012 y posteriores se deberán presentar previamente las declaraciones juradas correspondientes a los períodos afectados en el plan de pago.


En el caso de las deudas que se encuentren en instancia judicial, el agente también podrá realizar el trámite en el apartado “Autogestión” a través de la web de ARBA, cumpliendo una serie de requisitos solicitados por la Agencia.


Formas de pago y vencimientos


El plan de pago previsto para quienes deseen regularizar su situación consta de varias opciones, además del abono único con el monto total.


Con un anticipo previo del 5%, el pago de la deuda puede realizarse en cuotas mensuales, iguales y consecutivas: hasta 3 cuotas se podrá abonar sin interés, de 6 y hasta 12 el interés será del 1,5% mensual, desde 15 hasta 24 cuotas del 2%, y entre 27 y 48 cuotas el interés será del 3% mensual.


De acuerdo a lo publicado en la Resolución, el monto de las cuotas no podrá ser menor a $1.000.


En cuanto a los vencimientos, para la cancelación de la deuda regularizada al contado el mismo se producirá a los quince días corridos desde la fecha de formalización del acogimiento. En caso de solicitar un plan de pago, el anticipo deberá realizarse antes de los cinco días a partir de su consolidación, mientras que las cuotas restantes vencerán en forma mensual y consecutiva el 10 de cada mes o inmediato posterior hábil si aquel resultara inhábil.


Por otro lado, la caducidad del régimen se producirá en caso de tener dos cuotas impagas al momento en que se dé el vencimiento de una tercera; o el incumplimiento de alguna cuota al cumplirse 90 días corridos del vencimiento de la última cuota del plan. En caso de caducar se perderán los beneficios acordados y los ingresos efectuados serán considerados como pagos a cuenta de conformidad.


Fuente: ARBA









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