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ARBA anunció un plan de pagos con hasta 40% de bonificación: lo que se sabe y lo que falta saber

ARBA anunció un plan de pagos con hasta 40% de bonificación: lo que se sabe y lo que falta saber

hace 20 minutos
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ARBA: plan de pagos con hasta 40% de bonificación

El 17 de octubre de 2026, la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) anunció en su cuenta oficial un nuevo plan de pagos para regularizar deudas de los principales impuestos provinciales, con hasta 40% de bonificación según la modalidad de pago elegida y el momento en que se formalice la adhesión. Se trata, por ahora, de un anuncio: al momento de escribir esta nota la Resolución Normativa que debe reglamentar el plan todavía no fue publicada en el Boletín Oficial bonaerense, de modo que varios aspectos centrales siguen abiertos.

En esta nota repasamos lo que ARBA informó oficialmente y los puntos que habrá que confirmar cuando salga la norma.

Lo que anunció ARBA

  • Plazo de adhesión: del 26 de octubre al 31 de diciembre de 2026.

  • Modalidad: la adhesión será 100% online.

  • Impuestos comprendidos: Ingresos Brutos, Inmobiliario (básico y complementario), Automotor, Embarcaciones deportivas y Sellos.

  • Formas de pago: contado, 3 cuotas o 6 cuotas, con una bonificación que disminuye a medida que avanza el calendario.

  • Beneficios 2027: según ARBA, estar al día será condición para acceder a las bonificaciones y descuentos impositivos previstos para 2027.

Escala de bonificaciones según la fecha de adhesión

ARBA difundió el siguiente esquema escalonado (porcentaje de bonificación para pago al contado, en 3 cuotas y en 6 cuotas):

  • Del 26/10 al 13/11: 40% al contado, 20% en 3 cuotas y 15% en 6 cuotas.

  • Del 14/11 al 27/11: 35% al contado, 15% en 3 cuotas y 10% en 6 cuotas.

  • Del 28/11 al 11/12: 30% al contado, 10% en 3 cuotas y 5% en 6 cuotas.

  • Del 12/12 al 31/12: 30% solo para pago al contado; las cuotas ya no tienen bonificación.

En consecuencia, el máximo de 40% solo se alcanza con pago al contado y adhesión en la primera etapa, entre el 26 de octubre y el 13 de noviembre. En cuotas, la bonificación máxima es de 20%. Postergar la decisión tiene un costo concreto, por lo que conviene llegar al 26/10 con la deuda relevada.

Lo que todavía falta saber

El anuncio no resuelve varias cuestiones que son determinantes para evaluar la conveniencia del plan. Habrá que esperar la Resolución Normativa para conocer:

  • Número y fecha de la norma: la última Resolución Normativa publicada es la RN 20/2026, que no se relaciona con este plan. Revisamos además el Boletín Oficial bonaerense N° 30344, del 19/10/2026, y la sección de noticias de ARBA, sin encontrar la reglamentación.

  • Base de la bonificación: si el porcentaje se aplica sobre el capital, sobre los intereses, sobre los recargos o sobre una combinación de esos conceptos.

  • Tasa de financiación: el interés aplicable a los planes de 3 y 6 cuotas.

  • Anticipo: si se exigirá un pago inicial para formalizar el plan en cuotas.

  • Exclusiones y caducidad: los contribuyentes o deudas que quedarían fuera del régimen y las causales por las que se perdería el plan.

  • Agentes de recaudación: si las deudas por retenciones y percepciones quedan alcanzadas, ya que no figuran en el listado oficial de impuestos.

  • Deudas en discusión: el tratamiento de las deudas en discusión administrativa o judicial, y las condiciones que se fijen para incluirlas.

La prensa también informó una fecha de corte para las deudas alcanzadas y un tratamiento particular para Sellos, pero esos datos no figuran en las piezas oficiales de ARBA y deberán confirmarse con la norma.

El marco legal esperado

Por la práctica habitual de ARBA, lo más probable es que el plan se instrumente mediante una Resolución Normativa dictada en ejercicio de las facultades del artículo 105 del Código Fiscal (Ley 10.397, T.O. 2011 y modificatorias), que habilita a la Agencia a establecer regímenes de regularización, y de su ley orgánica, la Ley 13.766. Ese encuadre se confirmará recién cuando se publique la norma, y su texto será clave para definir el alcance de la bonificación.

Nuestra recomendación

Mientras se espera la reglamentación, sugerimos relevar las deudas por impuesto y por objeto (partidas inmobiliarias, dominios y embarcaciones), identificar las que estén en gestión judicial o en discusión, y estimar la disponibilidad de fondos para un eventual pago al contado en la primera etapa. Actualizaremos esta nota cuando ARBA publique la Resolución Normativa.

Nuestro Estudio asesora a empresas y particulares en la regularización de obligaciones tributarias provinciales. El Departamento de Procedimiento Tributario puede ayudarte a analizar si te conviene adherir al plan y de qué forma hacerlo, considerando el estado de cada deuda y la modalidad de pago más adecuada. Escribinos desde la sección Contacto.

Departamento de Procedimiento Tributario

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