Resolución General (AFIP) 4707: BO: 30/4/2020: La AFIP reglamenta el procedimiento para verificar factibilidad del “Crédito Tasa Cero” para Monotributistas y Autónomos y acceso al mismo
Finalmente la AFIP formalizó por medio de la presente resolución general el procedimiento que deben realizar los monotributistas y autónomos interesados en acceder al “Crédito Tasa Cero”.
Desde el 4/5 y hasta el 29/5 se podrá ingresar a la página de AFIP con calve fiscal, a una solapa llamada “Crédito Tasa Cero” y allí el Organismo va a indicar en caso que el contribuyente se encuentre habilitado, el importe máximo del crédito a solicitar. El contribuyente deberá indicar el importe final solicitado y deberá completar el N° de tarjeta de crédito donde quiere que se lo acrediten y en caso de no tener tarjeta de crédito deberá indicar la entidad financiera elegida.
Por su parte la AFIP remitirá estos datos al Banco Central de la República Argentina quien efectuará un nuevo control y determinará en base al riesgo crediticio si es factible otorgar el crédito solicitado. En caso de no corresponder se informarán los motivos de la denegatoria.
La presente norma aclara que el Banco seleccionado para desembolsar la acreditación del préstamo será quien ingrese mediante el VEP el importe correspondiente a la obligación mensual del Monotributista o Autónomo en su nombre, en el momento de acreditar cada una de las cuotas del mencionado préstamo. Por tal motivo, aquellos contribuyentes que tengan débito automático deberán solicitar el stop debit por los 3 meses en que el ingreso de la obligación lo hará la entidad financiera.
El ingreso a la página está siendo bastante difícil por estos días, ya que se encuentra con demasiado tráfico de los contribuyentes.
Decisión Administrativa (Jefatura de Gabinete de Ministros) 702/2020: BO: 5/5/2020: Se adoptan nuevas recomendaciones del Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – Acta N° 7-
El Jefe de Gabinete de Ministros adopta nuevas recomendaciones del Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción -Acta N° 7-, mediante la cual se establecen pautas propuestas por el Ministerio de Trabajo para el análisis de cumplimiento de los requisitos para acceder a los beneficios del Programa ATP en aquellas actividades cuyas particularidades impidan verificar el salario de febrero (receso de verano).
También se establcen pautas respecto del Salario Complementario para aquellos casos de empleados con empleo único, pluriempleo y para empresas de más de 800 empleados.
Resolución (Comisión Plenaria Convenio Multilateral) 11/2020: BO: 30/4/020: Servicios de cobertura de salud
La Comisión Plenaria de Convenio Multilateral rechaza el recurso de apelación interpuesto por la CABA, manteniendo así el criterio de interpretación de alcance general mediante el cual se establece que los ingresos provenientes de la prestación del servicio de cobertura de salud bajo la modalidad y/o sistema de pago capitado, deberán atribuirse a la jurisdicción que corresponda al domicilio del afiliado/beneficiario. Dicha interpretación fue establecida por la Resolución General (Comisión Arbitra Convenio Multilateral) 4/2019.
Resolución (Comisión Plenaria Convenio Multilateral) 15/2020: BO: 5/5/2020: Se prorroga la presentación de la declaración jurada anual (CM05) respecto del año 2019
La Comisión Plenaria de Convenio Multilateral prorroga al 30/6/2020 la presentación de la declaración jurada anual respecto del año 2019 (CM05).
Se aclara de todas maneras que es obligatoria la utilización de los nuevos coeficientes unificados desde el mes de enero 2020 y en caso de no poder acceder a la información para determinarlos en dicho anticipo, se podrán utilizar los coeficientes anteriores hasta el 3° anticipo del año 2020. Al momento de presentar la declaración jurada del 4° anticipo (En mayo 2020) se deberá realizar con los nuevos coeficientes y con los ajustes de bases imponibles correspondientes.
Resolución General (Inspección General de Justicia) 20/2020: BO: 4/5/2020: “Representante” de los administradores de las SAS residentes en el extranjero
La Inspección General de Justicia establece que para la inscripción en el Registro Público las sociedades deberán presentar los poderes otorgados al representante del administrador de las SAS domiciliados en el extranjero, los que solo podrán ser otorgados a favor del o los administradores del órgano colegiado de administración que residan en la República Argentina.
Comunicación “C” (Banco Central de la República Argentina) 87164: Exclusión de SIRCREB para las Asignaciones IFE, AUH y acreditaciones del crédito Tasa Cero para Monotributistas y Autónomos
El Banco Central de la República Argentina establece que todas las asignaciones (IFE, AUH) como así también las acreditaciones del Crédito Tasa Cero para Monotributistas y Autónomos, que se realicen en el marco de la emergencia sanitaria por COVID-19, no estarán alcanzadas por el régimen de recaudación SIRCREB.
Buenos Aires. Resolución Normativa (ARBA Bs. As.) 26/2020: BO Buenos Aires: 4/5/2020: Se considera abonado en término hasta el 15/7/2020 el anticipo 3 del impuesto sobre los ingresos brutos
La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires establece que se considera abonado en término hasta el 15/7/2020 el anticipo 3 del impuesto sobre los ingresos brutos.
AFIP
Crédito Tasa Cero: Guí paso a paso
Bienes Personales 2019: Valuaciones
Medios
Bienes Personales 2019:
Tasa Cero:
Salario Complementario:
Cuarentena:
Embargos:
Mercado Cambiario:
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