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Foto del escritorFederico Schweizer

NEWSLETTER - 10/12/2019

Regímenes especiales. Se actualizan los límites de facturación anual de las micro, pequeñas y medianas empresas. RESOLUCIÓN (Sec. Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa). RES 563/2019. BO 10/12/19

La Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa actualiza los límites de facturación anual de las micro, pequeñas y medianas empresas.



Impuesto a las Ganancias. Se ordena la ley y el decreto reglamentario

Por medio de los decretos 824/2019 (BO: 6/12/2019) y 862/2019 (BO) 9/12/209), se establece el ordenamiento de la ley y el decreto reglamentario del impuesto a las ganancias respectivamente.




Resolución General Conjunta (AFIP – Sec. Emprendedores y de la PyME) 4642: BO: 6/12/2019: Mecanismo de renovación automática del certificado MiPYME

La AFIP en conjunto con la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa, en su intento por simplificar la inscripción de las MiPyMEs establecen que a los fines de realizar la renovacion autómatica de la vigencia del “Certificado MiPyME” y por consiguiente la reinscripción de la empresa en el “Regisstro de Empresas MiPyMEs”, la AFIP transmitirá a la Secretaría durante el cuarto mes posterior al cierre del ejercicio fiscal de cada empresa la informacipin actualizada del formulario “PYMES/Solicitud de categorización y/o beneficios” declarada oportunamente por la empresa.


Esta disposición se aplicará a las empresas cuyos ejercicios fiscales cierren en el mes de diciembre de 2019 y siguientes.



Resolución (Sec. Emprendedores y de la PyME) 557/2019: BO: 6/12/2019: Se adecua el régimen de promoción de Economía del Conocimiento

La Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa adecua la normativa referida al Régimen de promoción de Economía del Conocimiento e incluye ciertos códigos del Nomenclador de Actividades vigente que se corresponden con algunas de las actividades que se encuentran alcanzadas por el citado régimen incorporando también códigos de facturación específicos y para el caso particular de los sevicios profesionales de exportación.



Resolución (Sec. Simplificación Productiva) 36/2019: BO: 9/12/2019: Factura de crédito electrónica MiPyMEs. Nueva prorroga de plazo hasta el 31/12/2020 y se actualiza el monto de emisión

La Secretaría de Simplificación Productiva extiende el plazo para la obligatoriedad de la emision de las Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs y la aceptación de las mismas, hasta el 31/12/2020.


También se establece que el monto mínimo de $100.000 de cada uno de los comprobantes que se emitan se actualizará en forma anual en congruencia con el momento y el porentaje de actualización que la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa efectúa en relación al límite de ventas totales anuales que se establece para la categorización como Micro de la actividad de Servicios de las empresas.



Resolución General (AFIP) 4644: BO: 9/12/2019: Se homologan controladores fiscales de nueva tecnología

Se homologa un controlador fiscal de nueva tecnología como Caja Registradora.



Resolución General (AFIP) 4647 : BO: 9/12/2019: Se prorroga el plazo para presentar la información de servicios de pagos electrónicos e intermediacipn de cuentas virtuales

La AFIP prorroga hasta el 28/2/2019, inclusive la presentación del régimen de información correspondiente a los periodos noviembre y diciembre de 2019 y enero de 2020 que deben cumplir los sujetos que administren servicios de procesamiento de pagos a través de plataformas de gestión electrónica o digital, residentes o domiciliados en el país por las comisiones cobradas por los servicios de gestión de pago que ofrecen así como de las operaciones efectuadas por los vendedores, locadores y/o prestadores de servicios adheridos a los mismos.


También se estabelce que se deberá cumplir con el citado régimen respecto de las cuentas en las cuales se hubiera registrado ingresos totales iguales o superiores a $10.000 en el período que se informa.



Disosición (AFIP) 479/2019: BO: 9/12/2019: Adecuación del proceidmiento para la ejecucion judicial de obligaciones fiscales

La AFIP adecua y modifica el procedimiento para la ejecución judicial de las obligaciones fiscales, cuya aplicación y percepción se encuentra a cargo de la AFIP.



Recordatorio: Nuevo régimen de Recaudación AGIP, a partir del 01/01/2020, dispuesto por la RG (AGIP) 296/19 (BO 20/11/19).

Se introducen importantes cambios formales en las obligaciones del Agente de Recaudación que continua siendo designado expresamente por la AGIP.


Se deberá verificar si se encuentra designado, incluso los vigentes ya que si lo dieron de baja su obligación cesa el 31 12 2019;


Sujetos pasibles de Percepción.


Son sujetos pasibles de percepción los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos inscriptos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Categorías Locales o Convenio Multilateral, que realicen compras de cosas muebles, locaciones (de cosas, obras o servicios) y/o prestaciones de servicios, independientemente del lugar donde se materialicen las mismas. Son pasibles de percepción los sujetos que siendo contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en extraña jurisdicción, realicen compras de cosas muebles, locaciones (de cosas, obras o servicios) y/o prestaciones de servicios dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires


Se aclara que no procede la percepción en las operaciones de compra de bienes por partes de sujetos que no se encuentran inscriptos en CABA, cuyo recepción en depósitos de empresas de transporte para su envió fuera de esta jurisdicción, siempre que tal circunstancia resulte avalada por la documentación.


Sujetos pasibles de Retención.


Son sujetos pasibles de retención los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Categorías Locales o Convenio Multilateral, que realicen operaciones de ventas de cosas muebles, locaciones (de cosas, obras o servicios) y/o prestaciones de servicios dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con excepción de las empresas prestadoras de gas, agua, servicios cloacales y de telecomunicaciones.


Se adecuan alícuotas


La norma tiene vigencia a partir del 01/01/2020 y ello se suma a que por la RG (CA) 10/19 dispuso los nuevos coeficientes unificados del CM que antes usaban todos los contribuyentes,  con independencia del cierre del ejercicio, por los tres primeros meses del año calendario; hoy depende del cierre del ejercicio y la información esta disponible.



Precios de transferencia: la AFIP lanza un formulario único on line y modifica los vencimientos

La AFIP informa que los vencimientos de la presentación de las declaraciones juradas para operaciones internacionales y precios de transferencia, que originalmente vencían entre el 16 y 20 de diciembre de 2019, se postergarán para la segunda semana de febrero de 2020. Las nuevas fechas corresponden a los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2018 y se prevé desarrollar un sistema nuevo en entorno web con n formulario único (F 2668) para todas las operaciones.



Los vencimientos generales a partir de los ejercicios a finalizar en diciembre de 2019 ocurrirán en 6° y 12° mes siguiente al del cierre de ejercicio para operaciones internacionales y precios de transferencia, y para el informe maestro, respectivamente.


FACPCE - Ciclo de Charlas.

La Dra. Teresa Gómez presentó al Dr. Pablo Porporatto, Vocal de la Sala B del Tribuna Fiscal de la Nación en la 2° transmisión del Ciclo de Charlas 2019, referido a la “Actuación del Contador en el Tribunal Fiscal de la Nación”.


Puede acceder al video de la citada charla, ingresando al link que se adjunta:


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