NEWSLETTER - 12/8/2020
AFIP - Resolución General (AFIP) 4791: BO: 12/8/2020: Ganancias y Bienes Personales 2019. Aportes y Contribuciones y SICORE. Presentación de declaraciones juradas hasta el 12/8/2020
Como consecuencia de las imposibilidades para ingresar y operar en la página de AFIP el día lunes 10/8/200, la AFIP estableció que las Declaraciones Juradas de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales cuyos vencimientos operaron los días 10/08 y 11/08, se considerarán cumplidas en término si se efectúan hasta el 12/08, inclusive.
También alcanza a los aportes y contribuciones con destino a la seguridad social así como a la información nominativa de retenciones y percepciones. Las obligaciones previstas para 10/08 y 11/08, se considerarán cumplidas en término si se efectúan hasta el 12/08, inclusive.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/233515/20200812
Resolución General (AFIP) 4792: BO: 12/8/2020: Programa ATP. Reglamentación del Crédito a tasa subsidiada para Empleadores
La AFIP reglamenta el crédito a tasa subsidiada para empleadores. A tal efecto establece que los sujetos deberán ingresar, a partir del 18/8/2020 al servicio “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP” para conocer y aceptar el monto del crédito disponible, indicar una dirección de correo electrónico y seleccionar la entidad bancaria para la tramitación del crédito correspondiente.
Luego la AFIP pondrá a disposición del Banco Central la nómina de los beneficiarios que formalizaron la solicitud y el monto máximo del crédito susceptible de ser otorgado para luego verificar la situación crediticia de los sujetos y evaluar su otorgamiento y efectiva acreditación.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/233516/20200812
Resolución General (AFIP) 4788: BO: 6/8/2020: Reducción y postergación de contribuciones patronales
Se extiende el beneficio de postergación o reducción del pago de las contribuciones patronales con destino al SIPA, respecto de aquellas devengadas durante el período julio 2020.
También la AFIP establece que las mismas se podrán incluir en el régimen de facilidades de pago dispuesto a tal fin.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/233173/20200806
Resolución General (AFIP) 4787: BO: 6/8/2020: Garantías para el pago de derechos de exportación
La AFIP extiende hasta el 30/9/2020 la posibilidad de los exportadores que se encuentren inscriptos en el Registro MiPyMEs y presenten incumplimientos de sus obligaciones impositivas y/o de la seguridad social, para que puedan utilizar la garantía “Declaración jurada del exportador” como garantía para el pago de derechos de exportación.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/233172/20200806
Resolución General (AFIP) 4790: BO: 10/8/2020: Programa de Asistencia a la cadena de Producción de peras y manzas de las provincias del Neuquén, Río Negro, Mendoza, San Juan y La Pampa
La AFIP reglamenta la prórroga de los vencimientos generales para el pago de los aportes y contribuciones de la seguridad social y la extensión del plazo para las obligaciones impositivas y de la seguridad social dispuetas por la ley de emergencia 27534 para los producción de peras y manzanas de las provincias del Neuquén, Río Negro, Mendoza, San Juan y La Pampa.
En tal sentido, se prorroga:
- El ingreso de los aportes y contribuciones que operan entre el 1/6/2020 y el 31/12/2020: hasta el 8/1/2021.
- Obligaciones impositivas, aportes y contribucione de la seguridad social y pagos de autónomos y monotributo con vencimiento entre el 4/6/2017 y el 31/5/2020: hasta el 8/1/2021
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/233311/20200810
Excepción del Asilamiento Social Preventivo y Obligatorio - Decisión Administrativa (Jefatura de Gabinete de Ministros) 1436/2020: BO: 8/8/2020: Se exceptúa del aislamiento social preventivo y obligatorio a diveresas actividades culturales de la Ciudad de Buenos Aires
Se exceptua del cumplimiento de la cuarentena a determinadas actividades culturales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cumpliendo los protocolos sanitarios correspondientes.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/233272/20200808
Decisión Administrativa (Jefatura de Gabinete de Ministros) 1440/2020: BO: 8/8/2020: Se exceptúa del aislamiento social preventivo y obligatorio a la actividad de “Turismo” en la provinica del Nequuén
Se habilita la actividad de turismo en determinadas zonas de la provincia del Neuquén, cumpliendo con todos los protocolos sanitarios correspondientes.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/233273/20200808
Decisión Administrativa (Jefatura de Gabinete de Ministros) 1442/2020: BO: 8/8/2020: Se exceptúa del aislamiento social preventivo y obligatorio a la actividad de entrenamiento de la AFA
Se exceptúa del aislamiento social preventivo y obligatorio a las personas afectadas a la actividad de entrenamiento de la AFA, cumpliendo con los protocolos sanitarios correspondientes.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/233281/20200810
Decisión Administrativa (Jefatura de Gabinete de Ministros) 1450/2020: BO: 8/8/2020: Se exceptúa del aislamiento social preventivo y obligatorio a los atletas argentinos miembros de la Selección Argentina de Rugby
Se exceptúa del aislamiento social preventivo y obligatorio a los atletas argentinos miembros de la Selección Argentina de Rugby, cumpliendo con los protocolos sanitarios correspondientes.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/233442/20200811
Ciudad de Buenos Aires - Resolución (AGIP Bs. As. Ciudad) 226/2020: BO (Bs. As. Ciudad) 11/6/2020: Suspensión de plazos procedimentales hasta el 14/8/2020
La AGIP establece la suspensión hasta el 14/8/2020 de los plazos procedimentales, quedando excluidos de la presente medida aquellos vinculados con la configuración de los tipos penales previstos en el Régimen Penal Tributario.
https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/ck_PE-RES-MHFGC-AGIP-226-20-5930.pdf
Buenos Aires - Resolución Normativa (ARBA) 49/2020: BO (Buenos Aires) 7/8/2020: Régimen de regularización de deudas hasta el 31/12/2020
La ARBA establece un régimen de regularización desde el 18/8/2020 y hasta el 31/12/2020, en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires para deudas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, del Impuesto Inmobiliario -únicamente en su componente básico respecto de los inmuebles de las plantas urbana edificada y rural- y del Impuesto a los Automotores que no se encuentren en instancia de fiscalización, de determinación o de discusión administrativa, ni en proceso de ejecución judicial.
Las deudas a regularizar son las vencidas o devengadas, según el impuesto del que se trate, entre el 1/3/2020 y hasta el 30/11/2020, ambos inclusive.
Asimismo se establecen todos los requisitos para poder al régimen correspondiente.
http://www.arba.gov.ar/Intranet/Legislacion/Normas/Resoluciones/2020/Res049-20.pdf
Resolución Normativa (ARBA) 51/2020: BO (Buenos Aires) 11/8/2020: Régimen general de percepción del impuesto sobre los ingresos brutos
La ARBA establece que los importes percibidos en concepto del régimen general de percepción del impuesto sobre los ingresos brutos se ingresarán mediante un unico pago en la quincena siguiente y hasta el día establecido en el calendario para el vencimiento de las obliaciones fiscales que arpueba la misma ARBA.
http://www.arba.gov.ar/Intranet/Legislacion/Normas/Resoluciones/2020/Res051-20.pdf
Resolución Normativa (ARBA) 52/2020: BO (Buenos Aires) 11/8/2020: Compensacion de saldos acreedores de iimpuestos
Se establece el procedimiento que deberán realizar los los sujetos que revistan o hubieran revestido el carácter de contribuyentes o responsables podrán requerir a la ARBA la compensación de saldos acreedores con saldos deudores correspondientes a los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos, o agente de recaudación de ingresos brutos y/o sellos.
http://www.arba.gov.ar/Intranet/Legislacion/Normas/Resoluciones/2020/Res052-20.pdf
FACPCE
La FACPCE presentó una nota a la AFIP solicitando que los vencimientos de las obligaciones previsionales e impositivas previstas para esta semana se prorroguen por un plazo no menor de 15 días o en su caso se consideren presentadas y regularizadas en término hasta el 31/8/2020.
Dicha nota se debe a los problemas suscitados en el día de ayer que la página de AFIP dejó de funcionar y no se podía ingresar ni operar a través de ella.
Consejo CABA
La Justicia acepto el amparo
Sin resolver la cuestión de fondo todavía, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal 5 determinó declarar formalmente admisible la acción colectiva promovida por el Consejo “para la defensa de los derechos de incidencia colectiva, siendo en el caso, el derecho a trabajar de los contadores y contadoras allí matriculados”. Se estableció que el objeto procesal es la prórroga del vencimiento de la presentación y el pago de las declaraciones juradas determinativas de Ganancias y Bienes Personales del Período Fiscal 2019 (tanto de personas jurídicas como humanas).
Resolución de la Justicia ante el amparo presentado por la Entidad
La Justicia decidió que el fisco nacional deberá abstenerse de aplicar sanciones de naturaleza disciplinaria o de cualquier otra índole contra los contadores y contadoras matriculados en CABA que tuvieran como causa la omisión en la confección de las declaraciones juradas de Ganancias (incluyendo Impuesto Cedular) y Bienes Personales, hasta tanto la AFIP presente un informe en el que se explique el nterés comprometido por la solicitud que realizó el Consejo.
https://www.consejo.org.ar/storage/attachments/document%20(18).pdf-fG8PVU4lu8.pdf
Consejo Provinca de Buenos Aires
Por su parte el Consejo de Profesionales de la Provincia de Buenos Aires también se sumó a los pedidos dr prórroga y envió una carta a la AFIP solicitando la reporgramación de los vencimientos.
Medios
Ganancias y Bienes Personales
Impuesto a la riqueza
ATP
Buenos Aires. Compensación