NEWSLETTER - 26/11/2019
Resolución General (Comisión Arbitral Convenio Multilateral) 10/2019: BO: 22/11/2019: Se aclara cuando será obligatoria la utilización del coeficiente unificado desde el primer anticipo del año
La comisión Arbitral aclara que solo en los casos en que no fuera posible contar con la información necesaria para la determinación del coeficiente unificado correspondiente, al momento de presentar la declaración jurada del primer anticipo del año calendario deberá utilizarse el coeficiente unificado del año anterior, durante los 3 primeros anticipos del año calendario. Como es habitual, el ajuste se realiza al mommento de presentar la declaración jurada del 4° anticipo, en el mes de mayo de cada año. Caso contrario, cuando s+i se cuente con la información correspondiente para el cálculo del coeficiente unificado, el mismo se utilizará a partir del primer anticipo del año, considerándose los ingresos y gastos que que surjan del último balance cerrado en el año calendario inmedaito anterior.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/221601/20191122
Resolución General (Comisión Arbitral Convenio Multilateral) 11/2019: BO: 22/11/2019: Vencimientos del año 2020 para las declaraciones juradas mensuales y anual 2019
La comisión Arbitral fija las fechas de vencimeinto de las declaraciones juradas mensuales y pago del período fiscal 2020 y también establece la fecha de vencimiento de la declaración jurada anual correspondiente al período fiscal 2019.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/221602/20191122
Resolución General (AFIP) 4634: BO: 25/11/2019: Alta y actualización de datos en AFIP. Se flexibiliza el aporte de la documentación para acreditar el domicilio fiscal declarado
La AFIP flexibiliza la presentación de documentación a presentar para acreditar el domicilio fiscal declarado por los contribuyentes.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/221677/20191125
Resolución General (AFIP) 4636: BO: 25/11/2019: Se prorroga la vigencia de los regímenes de retención de IVA y Ganancias para los servicios electrónicos de pago
La AFIP prorroga el régimen de retención del IVA y Ganancias aplicable a los servicios electrónicos de pago, según el siguiente detalle:
- Desde el 1/6/2020: respecto de los medios de pago electrónicos Débito Inmediato (DEBIN) y Pago Electrónico Inmediato (PEI)
- Desde el 16/12/2019: cuando se trate del resto de los medios de pago electrónicos.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/221678/20191125
Resolución General (AFIP) 4637: BO: 25/11/2019: Vencimientos extraordinarios como consecuencia de la feria fiscal de verano
Como consecuencia de haberse establecido la feria fiscal de verano para la última semana del mes de enero y la primera semana del mes de febrero de 2020, la AFIP establece plazos especiales para la presentación de determinadas declaraciones juradas y/o pagos.
Para el caso específico del ingreso de los aportes personales del régimen previsional de trabajadores autónomos, correspondientes al periodo devengado enero de 2020, se podrán reallizarse entre el 10/2/2020 y el 12/2/2020, segun la terminación de la CUIT del contribuyente.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/221679/20191125
http://www.afip.gob.ar/noticias/20191125-feria-fiscal.asp
Ø A modo de recordatorio:
Continuan suspendidas las medidas cautelares de las Pymes hasta el 30/11/2019.
https://serviciosweb.afip.gob.ar/genericos/prensa/VerGacetilla.aspx?id=647