AGIP amplía el alcance de la Moratoria 2025
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Con fecha 23/9/2025 se publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires la ley 6842, que establece un régimen de regularización para obligaciones tributarias cuya aplicación, percepción o fiscalización se encuentra a cargo de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP). Un mes más tarde, el 24/10/2025, se publicó la resolución (AGIP) 461/2025, que reglamenta este régimen.
Es un régimen excepcional que prevé la condonación de intereses, multas y sanciones.
Ahora, el proceso de regularización fiscal para contribuyentes porteños se ha visto sustancialmente mejorado con esta incorporación, en tanto permite que las deudas generadas bajo el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos puedan ser incluidas y consolidadas dentro de los beneficios de la Moratoria 2025.
Esta medida representa una oportunidad clave para aquellos pequeños contribuyentes que buscan ordenar su situación impositiva de manera integral y bajo condiciones financieras más flexibles.
Alcance y beneficio de la disposición
La inclusión de las obligaciones del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en el marco de la regularización vigente ofrece un beneficio directo a miles de contribuyentes, muchos de ellos adheridos al Monotributo.
Anteriormente, la consolidación de deudas por Ingresos Brutos podía requerir gestiones separadas o estar sujeta a planes de pago con condiciones menos favorables.
Con esta ampliación, el contribuyente puede:
-Regularizar de forma completa: Unificar la deuda correspondiente al componente impositivo simplificado junto con otras obligaciones alcanzadas por la Moratoria 2025.
-Acceder a condiciones preferenciales: Beneficiarse de las tasas de interés, quitas y planes de financiación extendida que ofrece la Moratoria actual.
Recordatorio importante: vigencia
Si bien el alcance de la Moratoria se ha extendido para incluir estas deudas, el plazo para adherirse a este Régimen de Regularización es limitado al 31 de enero de 2026.
Se insta a los asesores fiscales y contadores a revisar de inmediato la situación de sus clientes y aprovechar esta ventana de tiempo para gestionar la regularización de las obligaciones pendientes y sanear sus cuentas fiscales.
Fuente: Errepar










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