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Ciudad de Buenos Aires reduce las alícuotas del impuesto sobre los ingresos brutos para los sectores

Se establecen rebajas en el impuesto sobre los ingresos brutos para distintos sectores productivos aplicables para los hechos imposibles que se materialicen a partir del 1° de julio.




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- En el caso de la Industria Manufacturera, reducción de la alícuota de Ingresos Brutos un 33%, pasando del 1,5% al 1%. Dentro de este rubro se destacan los ítems Alimentos y Bebidas, Indumentaria y Calzado, Productos Farmacéuticos, Automóviles, Metalurgia y Siderurgia, y Electrodomésticos, entre otros.


- Para el sector de la Construcción, la baja es del 20%, pasando del 2,5% al 2%. En este rubro se destacan los ítems Infraestructura, Instalaciones, Materiales para la construcción, Edificios y Obras Hidráulicas, entre otros.


- Se elimina por completo la alícuota del 0,75% que tiene hoy el Sector Primario. En este grupo se destacan los ítems Ganadería, Agricultura, Pesca y Extracción de Hidrocarburos, entre otros.


Las modificaciones previstas entrarán en vigencia para los hechos imponibles que se materialicen a partir del primer día del mes siguiente de la promulgación de la presente ley.

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