Ganancias: vence la primera cuota del pago a cuenta extraordinario
Vence la primera cuota del pago a cuenta extraordinario para las sociedades de capital cuyo cierre de ejercicio haya operado en los meses de agosto a diciembre 2021.
Este pago a cuenta extraordinario del impuesto a las ganancias fue dispuesto por la RG (AFIP) 5248, que dispuso que el mismo será cancelable en 3 cuotas mensuales, para las sociedades de capital que cumplan alguno de los siguientes parámetros:
El monto del impuesto determinado de la declaración jurada correspondiente al período fiscal 2021 o 2022, según corresponda, sea igual o superior a $ 100.000.000.
El monto del Resultado Impositivo que surge de la declaración jurada, sin aplicar la deducción de los quebrantos impositivos de ejercicios anteriores, sea igual o superior a $ 300.000.000.
El pago a cuenta será del 25% de la base de cálculo del anticipo, o del 15% del resultado impositivo sin tener en cuenta los quebrantos de ejercicios anteriores.
Fuente: Errepar