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IVA SIMPLE. ARCA implementa un nuevo procedimiento para la presentación de la DDJJ del Impuesto al Valor Agregado.

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    TGCQ
  • hace 4 minutos
  • 4 Min. de lectura

El pasado 13/5/2025, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó importantes cambios en el proceso de declaración del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que se implementarán por etapas en los próximos meses, transformándose en obligatorios a partir del mes de noviembre. Estos cambios tienen como objetivo simplificar e integrar los procedimientos de registro y declaración tributaria, lo que impactará la forma en que gestionan sus obligaciones fiscales en el futuro.


A continuación, les presentamos un análisis de las modificaciones, sus implicancias y el cronograma de implementación, para que puedan aggiornarse a la nueva metodología.


NUEVO SISTEMA "IVA SIMPLE"


ARCA ha introducido un sistema denominado "IVA Simple", que unifica el registro y la declaración jurada del IVA en un único formulario, el F. 2051. Este nuevo formulario reemplaza a los anteriores formularios 731, 810, 2002 y 2082, eliminando la necesidad de utilizar múltiples.


ESTRUCTURA DEL NUEVO SISTEMA


El sistema "IVA Simple" está organizado en TRES módulos principales, cada uno con una función específica dentro del proceso de declaración:


  1. Registración: Este módulo permite gestionar los débitos y créditos fiscales asociados a sus operaciones. Se podrá realizar ajustes a estos valores según sea necesario. Sin embargo, es importante señalar que, mientras el libro de IVA puede ser modificado directamente, el formulario de declaración jurada (F. 2051) no es editable de forma directa, salvo a través de ajustes específicos al débito o crédito fiscal. Esto asegura un mayor control y precisión en los datos presentados.

  2. Determinación: En esta etapa, el sistema calcula la obligación tributaria con base en la información registrada en el módulo anterior. Este proceso automatizado facilita la identificación del monto exacto de IVA a declarar.

  3. Saldo a ingresar: El módulo final determina el monto neto a pagar a ARCA o, en su caso, cualquier saldo a favor que pueda ser objeto de devolución. Este cálculo consolida los resultados de los módulos previos para ofrecer una visión clara de su situación fiscal.

 

APERTURA POR ACTIVIDAD


Un aspecto clave del nuevo sistema es la obligación de abrir una cuenta separada para cada actividad comercial que realice. Si se opera en múltiples sectores o se tienen diversas fuentes de ingresos, se deberá registrar cada una de estas actividades de manera independiente dentro del sistema. Esta medida busca garantizar una mayor transparencia y un seguimiento más detallado de las operaciones fiscales por actividad.


TRANSFERENCIA DE SALDOS


Para facilitar la transición, los saldos técnicos y los saldos de libre disponibilidad que se tengan registrados en el sistema de cuentas tributarias, serán transferidos automáticamente al nuevo sistema "IVA Simple". Esto asegura la continuidad de sus registros fiscales y evita la necesidad de realizar ajustes manuales en este aspecto.


RECTIFICACIÓN DE DECLARACIONES


Es importante destacar que, al igual que en el sistema actual, las declaraciones juradas rectificativas requerirán que se vuelva a cargar toda la información correspondiente al período en cuestión.


CRONOGRAMA DE IMPLEMENTACIÓN


ARCA ha establecido un cronograma progresivo para la adopción del sistema "IVA Simple":


  • Pruebas Iniciales: A partir del 15 de mayo, el sistema estará disponible para que las entidades profesionales realicen pruebas y presenten sugerencias. Este período de evaluación permitirá identificar posibles mejoras antes de su implementación general.


  • Uso optativo: Desde el período devengado de mayo, con vencimiento en junio, los contribuyentes tendrán la opción de comenzar a utilizar el sistema "IVA Simple". Durante esta fase inicial, seguirá siendo obligatorio presentar el libro de IVA digital acompañado de los formularios correspondientes (F. 731, 810 o 2002, según aplique), mientras que el formulario F. 2082 quedará sin efecto.


  • Obligatoriedad: El uso del sistema será obligatorio para todos los contribuyentes a partir del período de noviembre. Esto implica que, para esa fecha, todas las declaraciones deberán realizarse exclusivamente a través del formulario F. 2051.


  • Solicitud de prórroga: Las instituciones profesionales han solicitado prorrogar la implementación optativa al mes de junio, con vencimiento en julio. Estaremos atentos a cualquier actualización sobre esta solicitud y les informaremos oportunamente en caso de que se apruebe.

 

MÓDULO DE REGISTRACIÓN OBLIGATORIO DESDE MAYO


A partir de mayo, el nuevo módulo de registración será de USO OBLIGATORIO para todos los contribuyentes. Este módulo presenta similitudes con el sistema vigente, lo que debería facilitar su adopción. Recomendamos familiarizarse con su operatividad lo antes posible para garantizar una transición fluida.


RECOMENDACIONES PARA NUESTROS CLIENTES


Con el fin de prepararse para estos cambios, les sugerimos tomar las siguientes medidas:


  1. Revisión de actividades: Si realiza múltiples actividades comerciales, asegúrese de identificarlas y preparar la apertura de cuentas separadas para cada una en el sistema "IVA Simple".

  2. Actualización de procesos: Verifique que sus procedimientos internos de registro y declaración estén alineados con las nuevas exigencias.

  3. Capacitación: Considere capacitar a su equipo en el uso del nuevo sistema, aprovechando el período de pruebas que inicia el 15 de mayo.


Nuestro DEPARTAMENTO DE IMPUESTOS está a su disposición para brindarles asesoramiento personalizado durante esta transición. Si tiene preguntas o requiere asistencia para configurar sus cuentas, no dude en contactarnos.

 

 
 
 

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