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La Corte Suprema de Justicia de la Nación adecúa los montos para interponer recursos

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    TGCQ
  • hace 23 horas
  • 1 Min. de lectura

Por medio de la Acordada 20/2025, la Corte Suprema de Justicia adecua la suma establecida en el segundo párrafo del artículo 242 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, relativa al monto cuestionado en el proceso por debajo del cual serán inapelables las sentencias definitivas y las demás resoluciones, y se fija en $3.200.000 (el monto actual asciende a $2.100.000, conforme Ac. 10/2024).


Este nuevo monto se aplicará para las demandas o reconvenciones que se presenten a partir del mes de agosto de 2025.


Recordamos que el mencionado artículo establece la inapelabilidad de las sentencias definitivas y las demás resoluciones, cualquiera fuera su naturaleza, que se dicten en procesos en los que el monto cuestionado sea inferior a la suma determinada.


Asimismo, mediante la Acordada 21/2025, se establece en la suma de $1.400.000 el depósito regulado por el artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para la interposición del recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia por denegación del recurso extraordinario.


Recordamos que por Ac. 9/2024, este monto actualmente se encuentra fijado en $900.000.


De igual forma, la medida se encuentra vigente para los recursos de queja que se presenten a partir del mes de agosto de 2025.



Honorarios: ¿en cuánto está el valor de la UMA?

Hace unos días se dio a conocer la Resolución (CSJN) 1432/2025, por la cual se fijó el valor de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA), en la suma de $ 73.204, a partir del 1 de mayo de 2025, en concordancia con el incremento salarial del 1,3% definido por la Acordada (CSJN) 14/2025.


Fuente: Errepar

 
 
 

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