NEWSLETTER - 25/9/2020
Decreto (PEN) 761/2020: BO: 24/9/2020: Se prorroga por 60 días la prohibición de despidos
Se prorroga por 60 días, desde el 30/9/2020, la prohibición de realizar despidos y suspensiones sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/235299/20200924
Resolución General (AFIP) 4820: BO: 25/9/2020: El domicilio fiscal electrónico es obligatorio par poblaciones de menos de 1000 habitantes que antes se encontraban exceptuados
La AFIP establece que como consecuencia del aislamiento social preventivo y obligatorio, es fundamental que todos los contribuyentes tengan constituido su domicilio fiscal electrónico, por tal motivo resulta obligatorio a partir del día de hoy, 25/9/2020 constituir el mismo también para aquellos contribuyentes que pertenezcan a poblaciones menores a 1000 habitantes.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/235374/20200925
Disposición (AFIP) 154/2020: BO: 25/9/2020: Monotributo. Exclusiones de oficio y Sanciones. Funcionarios habilitados
La AFIP modifica la asignación de funciones de los funcionarios que realicen los procedimientos de exclusión de pleno derecho de Monotributistas así como también otras sanciones de dichos contribuyentes. Dicha modificación obedece a los cambios introducidos por el Organismo en la estructura organizativa.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/235378/20200925
Disposición (AFIP) 155/2020: BO: 25/9/2020: Tramitación de las impugnaciones y recursos interpuestos por recursos de la seguridad social
La AFIP modifica la asignación de funciones referidas a tramitaciones de los recursos de la seguridad social, estableciendo la asignación de competencias y tareas que realizarán las dependencias del Organismo tramitarán las impugnaciones y los recursos que interpongan los contribuyentes y responsables referidos a deudas determinadas o infracciones constatadas en la materia.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/235379/20200925
CABA - Decreto (PE CABA) 338/2020: BO (CABA) 24/9/2020: Se autorizan actividades en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
El Jefe de Gobierno Porteño oficializa por medio del presente decreto la habilitación de las siguientes actividades en el ámbito de la CABA:
Gastronomía al aire libre (en espacios públicos o de los propios establecimientos),
Celebraciones de culto presenciales (hasta 20 personas),
Atención en consulta ambulatoria programada
Tratamiento ambulatorio para rehabilitación de personas con discapacidad
Guardias administrativas con atención al público en escuelas de gestión privada y universidades
También se dejan sin efecto las restricciones de día, franja horaria y de circulación en función del último número del DNI para la actividad f+isica, salidas con menores y actividades comerciales minoristas de cercanía, galerías o paseos comerciales.
https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/ck_PE-DEC-AJG-AJG-338-20-5963.pdf
AFIP
Domicilio Fiscal Electrónico
El Organismo recuerda como es la registración del DFE
http://afip.gob.ar/domiciliofiscalelectronico/
Medios
Impuesto a la riqueza