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Se suspende hasta el 31/12, el procedimiento para la exclusión del Monotributo y la baja automática

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    TGCQ
  • 25 sept 2023
  • 2 Min. de lectura

La AFIP, por medio de la resolución general 5421, suspende hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, el procedimiento sistémico referido a la exclusión de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).


Asimismo, suspende transitoriamente a los efectos del cómputo del plazo para la aplicación de la baja automática, la consideración de los períodos septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023.


Recordamos que, el Ministerio de Economía, a través de la resolución 1416/2023, encomendó a la AFIP, entre otras medidas, a suspender hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, el procedimiento para aplicar la exclusión del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y el mecanismo de baja automática previsto en el artículo 36 del D. 1/2010.



Fuente: Errepar








ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Resolución General 5421/2023

RESOG-2023-5421-E-AFIP-AFIP - Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS). Resolución N° 1.416/23 (MECON). Suspensión de la exclusión de pleno derecho y baja automática por falta de pago.

Ciudad de Buenos Aires, 22/09/2023


VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2023-02331349- -AFIP-SADMDILEGI#SDGASJ, y


CONSIDERANDO:


Que mediante la Resolución N° 1.416 del 21 de septiembre de 2023, el Ministerio de Economía encomienda a esta Administración Federal de Ingresos Públicos, entre otras medidas, a suspender hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, el procedimiento para aplicar la exclusión del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y el mecanismo de baja automática previsto en el artículo 36 del Decreto N° 1 del 4 de enero de 2010 y sus modificatorios.


Que, en virtud de la intervención encomendada a este Organismo, corresponde reglamentar el aludido beneficio.


Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Recaudación y Sistemas y Telecomunicaciones, y la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social.


Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.


Por ello,


EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS


RESUELVE:


ARTÍCULO 1°.- Suspender hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, el procedimiento sistémico referido a la exclusión de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) previsto en los artículos 53 a 55 de la Resolución General Nº 4.309, sus modificatorias y sus complementarias.


ARTÍCULO 2°.- Suspender transitoriamente, a los efectos del cómputo del plazo para la aplicación de la baja automática prevista en el artículo 36 del Decreto N° 1 del 4 de enero de 2010 y sus modificatorios, la consideración de los períodos septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023.


ARTÍCULO 3°.- Esta resolución general entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.


ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.


Carlos Daniel Castagneto


e. 25/09/2023 N° 77011/23 v. 25/09/2023


Fecha de publicación 25/09/2023

 
 
 

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