Ganancias simplificada: opción de aplicación para el período fiscal 2025
- TGCQ

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La ARCA, a través de su cuenta de X, anunció que ya permite que aquellos contribuyentes caracterizados para el régimen simplificado a partir de 2026 puedan adelantar su ingreso.
En el marco de la reglamentación de la ley 27799, se ha habilitado una ventana para los contribuyentes que buscan simplificar su carga administrativa y obtener mayor seguridad jurídica.
Si bien muchos sujetos ya cuentan con la caracterización para operar bajo el régimen de declaración jurada simplificada desde el período fiscal 2026, cuyo vencimiento operará en 2027, la normativa vigente permite optar por su aplicación retroactiva al período fiscal 2025.
¿Cuáles son los beneficios de la adhesión temprana?
Optar por el régimen simplificado no es solo una cuestión de facilidad formal; conlleva prerrogativas de fondo que impactan directamente en la relación fisco-contribuyente:
Efecto liberatorio del pago: brinda certeza sobre la cancelación de la obligación tributaria bajo las condiciones del régimen.
Presunción de exactitud: la declaración jurada presentada bajo esta modalidad goza de una presunción a favor del contribuyente, reduciendo la exposición a eventuales ajustes de fiscalización, siempre que se cumplan los parámetros legales.
Guía paso a paso: Procedimiento para la solicitud
Para aquellos profesionales o contribuyentes que decidan adelantar la vigencia del régimen al período fiscal 2025, deberán seguir un procedimiento específico a través del sitio web de la AFIP utilizando Clave Fiscal:
Presentaciones Digitales: se debe solicitar el alta retroactiva en el Impuesto a las Ganancias desde el período 2025. Para ello, se utiliza el trámite denominado “Alta retroactiva de impuestos y/o regímenes”.
Desistimiento de la caracterización futura: una vez confirmada el alta del punto anterior, es necesario ingresar al servicio “Sistema Registral”, seleccionar la opción “Ganancias simplificada Ley 27.799” y solicitar el desistimiento de la caracterización ya existente para el período 2026.
Nueva solicitud por el período 2025: finalmente, desde el mismo apartado del Sistema Registral, se deberá realizar nuevamente la solicitud de adhesión, esta vez seleccionando específicamente el período fiscal 2025.
Es fundamental que el profesional verifique que el contribuyente cumpla con la totalidad de los requisitos de facturación y actividad previstos en la ley 27799 antes de proceder con el desistimiento del período posterior.
Fuente: Errepar




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