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SIRCREB: Se admitió una medida cautelar a favor de un contribuyente para que se lo excluya del régimen de recaudación bancario

CÁMARA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA II

FECHA: 7/5/2024


Con fecha 7/5/2024, frente a las objeciones formuladas por ADECO AGROPECUARIA SA con relación al mecanismo de detracción aplicado sobre sus cuentas en instituciones bancarias, la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, concedió la medida cautelar peticionada y ordenó a la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral que se abstengan de efectuar, respecto de la actora, las detracciones o retenciones previstas por la resolución general 104/2004, por intermedio de los agentes de recaudación allí estipulados, hasta tanto se dicte sentencia definitiva en autos.

Por resolución de fecha 28 de diciembre de 2023, el Sr. juez de la instancia de origen había rechazado la medida cautelar peticionada.

El tribunal valorando las constancias aportadas a la causa, consideró que en este estado inicial del proceso y, en principio, las sustracciones que se están llevando a cabo bajo el concepto SIRCREB correspondiente a la jurisdicción de Santa Fe, no guardarían razonabilidad ni proporcionalidad en este caso concreto.

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