ARCA reglamentó el régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER): condonación de hasta el 90% y plazo hasta el 28 de noviembre
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Alcance del régimen
La Resolución General 5862/2026 de ARCA (BO 11/06/2026) implementó el régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER) previsto en el Título XXII de la Ley 27.802 de Modernización Laboral, reglamentado por el Decreto 409/2026. El régimen permite a los empleadores del sector privado regularizar relaciones laborales no registradas o deficientemente registradas —fecha de inicio posterior a la real o remuneración declarada inferior a la efectivamente percibida— iniciadas hasta el 5 de marzo de 2026 y vigentes a la fecha de adhesión.
Quedan incluidas las relaciones constatadas mediante actas de inspección, aun en discusión administrativa o judicial, y excluidas las del sector público y los empleados ya regularizados bajo el Título IV de la Ley 27.742. La adhesión puede efectuarse hasta el 28 de noviembre de 2026 y alcanza obligaciones devengadas hasta el período octubre de 2026.
Condonación y modalidades de cancelación
La regularización determina la condonación parcial de la deuda —capital e intereses— por aportes y contribuciones con destino a SIPA, INSSJP, obras sociales, Fondo Nacional de Empleo y asignaciones familiares: 90% para micro y pequeñas empresas y entidades sin fines de lucro, 80% para medianas empresas tramo 1 y 2, y 70% para los demás empleadores, según la caracterización vigente en el Sistema Registral al presentar las declaraciones juradas. La deuda por Seguro Nacional de Salud, Riesgos del Trabajo y Seguro Colectivo de Vida Obligatorio se condona en su totalidad.
La porción no condonada admite dos modalidades: pago al contado, con una reducción adicional del 50% conforme el artículo 5° del Decreto 409/26, mediante VEP generado en “Mis Facilidades”; o plan de facilidades de hasta 72 cuotas para micro y pequeñas empresas y entidades sin fines de lucro, 48 para medianas y 36 para los demás empleadores, con pago a cuenta del 3%, 4% y 5% respectivamente, cuota mínima de $50.000 y tasa de financiación del 1% mensual.
Procedimiento operativo
La regularización se instrumenta mediante el servicio “Simplificación Registral”, con los códigos de modalidad de contratación 704 (micro y pequeñas empresas y entidades sin fines de lucro), 705 (medianas tramo 1 y 2) y 706 (demás empleadores), o mediante el código de concepto 181000 para rectificativas de remuneración. El sistema “Declaración en Línea” calcula en forma automática el porcentaje de condonación; para períodos anteriores a febrero de 2007 estará disponible el release 8 de la versión 47 del aplicativo SICOSS.
La caducidad del plan opera de pleno derecho ante la falta de pago de dos cuotas —consecutivas o alternadas— a los 60 días del vencimiento de la segunda, o de la última cuota a los 60 días de su vencimiento.
La resolución rige desde su publicación; los sistemas estarán disponibles desde el 16 de junio de 2026.




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