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#BoletínOficial #COMARB Resolución General 15/2025: #SIRTAC - Importes recaudados en moneda extranjera

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    TGCQ
  • 23 jun
  • 2 Min. de lectura

COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77

Resolución General 15/2025


San Salvador de Jujuy, 11/06/2025


VISTO:


Las Resoluciones Generales CA Nros. 2/2019, 11/2020 y 8/2021; y,


CONSIDERANDO:


Que mediante la Resolución General N° 2/2019 (y sus modificatorias), la Comisión Arbitral aprobó el Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC”.


Que son las jurisdicciones adheridas las encargadas de fijar las reglas de funcionamiento y/u operatividad del sistema informático y las demás pautas comunes que permitan el funcionamiento armonizado de los regímenes locales que operarán a través del Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC”.


Que en este orden, corresponde a esta Comisión Arbitral tomar conocimiento de lo resuelto por el Comité SURA e introducir las modificaciones a la Resolución General CA N.° 2/2019 y sus modificatorias (TO Resolución General N° 8/2021).


Por ello:


LA COMISIÓN ARBITRAL (CONVENIO MULTILATERAL DEL 18/08/77)


RESUELVE:


ARTÍCULO 1°.- Tomar conocimiento de la decisión adoptada por las jurisdicciones adheridas al Sistema SIRTAC en el ámbito del Comité de Administración del SURA, a fin de incorporar el punto 10 al artículo 2° del Anexo I de la Resolución General CA N° 2/2019 y sus modificatorias (TO Resolución General N° 8/2021) Reglas y/o pautas comunes para ser observadas en las normas locales con relación a los contribuyentes alcanzados:


“10.- Los importes recaudados en moneda extranjera deberán ser ingresados en pesos, tomando en consideración la cotización al tipo vendedor vigente al cierre de las operaciones del día hábil anterior a aquel en que se efectuó la recaudación del tributo, fijada por el Banco de la Nación Argentina”.


ARTÍCULO 2°.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, notifíquese a las jurisdicciones adheridas y archívese.


Fernando Mauricio Biale - Luis María Capellano


e. 23/06/2025 N° 42861/25 v. 23/06/2025


Fecha de publicación 23/06/2025

 
 
 

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